CONVOCATORIA 2017 DE INSPECTORES DE HACIENDA DEL ESTADO.

El BOE del 15/11/2017 publica la convocatoria de procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado (AEAT), por el sistema de acceso libre y promoción interna, correspondiente a la Ofertas Públicas de Empleo 2017 (ordinaria y extraordinaria para luchar contra el fraude fiscal) publicadas en el BOE el 08/07/2017.

90 plazas de acceso libre (se reservan 5 para personas con discapacidad igual o superior al 33%). Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se acumularán a las del turno general de acceso libre.

51 plazas de promoción interna (se reservan 3 para personas con discapacidad igual o superior al 33%). Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general de promoción interna. Las plazas convocadas por el sistema de promoción interna que, en su caso, queden vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre.

Los opositores solo pueden participar en uno de los dos sistemas de acceso.

Las consultas individuales sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., sin que este correo tenga la consideración de Registro Telemático. El desarrollo del proceso selectivo (Ej: lista de admitidos y excluidos al proceso selectivo, notas de los ejercicios, previsión de fechas, oferta de destinos, nombramiento de funcionarios, corrección de errores...) se publican en la web oficial de la AEAT (www.agenciatributaria.es, en su sección de «Empleo Público»), así como en el punto de acceso general, administracion.gob.es. La fecha de publicación en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria será la de la propia Resolución o acto, salvo que en ella se indicara otra distinta. La convocatoria del proceso selectivo para acceso por promoción interna se publica y se difunde su desarrollo también en el Portal Funciona. La sede oficial del Tribunal calificador es en el Instituto de Estudios Fiscales, avenida Cardenal Herrera Oria, número 378, 28035 Madrid. Tlfs. 91.339.89.99 y 91.339.54.10. 

El plazo para realizar la presentación de solicitudes (solo electrónicamente con certificado o cl@ve PIN) es de 20 días hábiles (ni sábados, ni domingos, ni festivos) a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado => 15/12/2017 (último día teniendo en cuenta solamente las fiestas nacionales). A efectos del cómputo de plazos y días inhábiles en 2017, ver la resolución 27/12/2016 de la Secretaría de Estado de la Función Pública, y recordar el apartado 3 del artículo 31 Ley 39/2015, "La sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo, determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquélla y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo. Este será el único calendario de días inhábiles que se aplicará a efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos, sin que resulte de aplicación a los mismos lo dispuesto en el artículo 30.6."

El importe de la Tasa de derechos de examen en esta convocatoria OEP2017 es para acceso libre 30,19 euros (familias numerosas de categoría general 15,10 euros); en promoción interna es 15,10 euros (7,55 familias numerosas de categoría general). Existen colectivos exentos del pago de la tasa.

MÁS INFORMACIÓN sobre la presentación de solicitudes, pago o exención de tasas en el Blog de esta web (El Graznido de la Oca) --> "Ejercicio 0: superar el trámite de presentación de solicitudes".

NOVEDADES DE LA CONVOCATORIA OEP2017 CSIHE:

En relación a la gestión del Tribunal del desarrollo del proceso selectivo:

1º) Se avisa de que las fechas de celebración de alguno de los ejercicios podrán coincidir con las de otros procesos selectivos.

2º) Solo habrá un único llamamiento al opositor para ser convocados a cada prueba, siendo excluidos quienes no comparezcan excepto en caso de embarazo de riesgo o parto.

3º) El plazo de presentación de instancias se computa por días hábiles (no computan sábados, ni domingos, ni festivos), en anteriores convocatorias era un cómputo en días naturales.

4º) En esta convocatoria se puede pagar telemáticamente las tasas por derechos de examen con la "Cl@ve PIN". En la convocatoria anterior con este sistema de indentificación solo se podía presentar las solicitudes.

5º) El orden de lecturas en el cuarto y quinto ejercicio se inicia alfabéticamente por aquellos opositores cuyo apellido comience por la letra "Ñ".

6º) La Tasa de exámen se ha incrementado en 15 céntimos para los opositores de promoción interna, y 30 céntimos de incremento para los opositores de acceso libre. En relación a la exención de tasas, las personas con discapacidad ya no tienen que presentar certificado acreditativo de tal condición, ni los desempleados presentar certificado de llevar al menos 1 mes apuntado al Servicio Público de Empleo, y cumplir con la condición de no habe rechazado ofertas de empleo ni negarse a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. Tampoco hay que acreditar la condición de familia numerosa. Siempre que en estos casos en la solicitud a presentar para participar en la oposición no se manifieste oposición al acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos (http://administracion.gob.es/PAG/PID). En todo caso, los desempleados tienen que acreditar mediante certificado del IRPF que carecen de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Finalmente, se indica expresamente que la condición de víctimas de terrorismo se acredita mediante sentencia judicial firme o resolución administrativa, y, en su caso, la documentación que pruebe la relación de parentesco o convivencia con la víctima, que da derecho a la exención de tasas

7º) Los opositores del cupo de reserva de discapacidad conservan en la convocatoria inmediata siguiente la puntuación obtenida, o el apto, de cualquier ejercicio en el que obtengan al menos el 60% de la nota máxima del ejercicio, o resulten aptos en los ejercicios que no son calificados por puntuación. La novedad está en que en esta convocatoria se exige que el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios donde se conserva la nota sean idénticos, salvo las actualizaciones normativas. En la convocatoria OEP2016 se exigía solamente que el contenido del temario y forma de calificación fueran análogos.

8º) Se incluyen los criterios para valorar los ejercicios: "Para la calificación de los ejercicios los Tribunales evaluarán el conocimiento de los aspirantes manifestado en sus respuestas a las cuestiones planteadas, valorando su grado de corrección, adecuación, integridad y precisión, con indicación y expresión, en su caso, de la normativa correspondiente y ajustada a su literalidad, en una exposición apropiada y correctamente estructurada y contextualizada. En las cuestiones de respuestas alternativas, la puntuación se asignará al saldo positivo de las acertadas menos las erróneas. Las no respondidas no computan. En los ejercicios que consistan en exposición oral de temas se valorará, además, el orden de ideas, el rigor y precisión conceptual y la calidad expositiva mostrada a través de la fluidez, entonación y ritmo de la exposición."

9º) La calificación de la fase de oposición viene determinada por la suma de las puntuaciones del tercer, cuarto y quinto ejercicio.

En relación al temario del proceso selectivo:

En la parte de Derecho Constitucional y Administrativo (Anexo II.3.1):

En el Tema 15 se modifica el último apartado que en la convocatoria anterior OEP2016 era: "Transparencia en la Administración Pública: publicidad activa y derecho de acceso a la información pública", y en esta convocatoria OEP 2017 es: "El gobierno abierto, especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno."

En el Tema 28 se modifica el apartado sobre Administración electrónica, sustituyendo la rúbrica: "La Administración electrónica: Normativa reguladora" (OEP2016) por una rúbrica más larga en esta convocatoria OEP2017: "La Administración electrónica: Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.". Además se añade un apartado al final de este tema: "Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados".

En el Tema 29 se modifica la referencia al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por "El Ministerio de Hacienda y Función Pública".

En la parte de Sistema Financiero Español (Anexo III.3.3): En el Tema 15 se modifica el término: "margen de solvencia" por "capital de solvencia" quedando el apartado en la convocatoria actual OEP2017: "Las provisiones técnicas y el capital de solvencia". También se sustituye el apartado "El Fondo de Garantía" por: "El capital mínimo obligatorio".

En la parte de Derecho Financiero y Tributario Español (Anexo II.4):

En el Tema 7 Los tributos, se modifica la rúbrica del último apartado, en la convocatoria anterior OEP2016 era: "Especial referencia al número de identificación fiscal y a las obligaciones censales" y en esta concocatoria OEP2017 queda: "Número de identificación fiscal y obligaciones censales".

En el Tema 9 Los obligados tributarios, se suprime el apartado de la convocatoria anterior OEP2016 siguiente: "exenciones subjetivas".

En el Tema 10 Los obligados tributarios, se reordena sus apartados para empezar con "Retenedores y obligados a ingresar a cuenta", continuar con el apartado "Los sucesores" y luego estudiar los responsables tributarios y finalizar con otros obligados tributarios.

En el Tema 11 Aplicación de los tributos, se añade un último apartado: "Carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria" y se elimina del tema "La asistencia mutua: concepto".

En el Tema 13 Gestión tributaria, el "Procedimiento de verificación de datos" pasa ser el primer apartado.

En el Tema 15 Recaudación (II), el apartado de "Prescripción" se resitúa después de "Pago" y antes de "Otras formas de extinción" (en la convocatoria anterior OEP2016 la prescripción era el último apartado). El último apartado de este tema pasa a ser: "Insolvencias".

En el Tema 19 La Inspección de los tributos (II), el "Plazo" pasa a ser un apartado independiente, ubicado a continuación de "Objeto y alcance" y antes de "Lugar y horario de las actuaciones inspectoras", para continuar con un apartado independiente de "Medidas cautelares" y otro de "Trámite de audiencia", por tanto se suprime el apartado que agregaba en la convocatoria OEP2016: "Desarrollo del procedimiento: Plazo, medidas cautelares, alegaciones y trámite de audiencia". Se expulsa de las rúbricas del tema las "alegaciones".

En el Tema 23 Delitos contra la Hacienda Pública, se elimina el apartado de la convocatoria anterior OEP2016: "Especificidades en materia de delitos contra la Hacienda de la Unión Europea".

En el Tema 28 IRPF (I), se suprime el apartado: "Base imponible general y del ahorro; base liquidable general y del ahorro" y se sustituye por "Determinación de la base imponible: métodos de estimación".

En el Tema 29 (II), se suprime el apartado: "Imputaciones de rentas".

En el Tema 30 IRPF (III), pasa a ser el primer apartado: "Reglas especiales de valoración", en la convocatoria anterior OEP2016 era el apartado penúltimo.

En el Tema 43 IVA (IV), el apartado de sujeto pasivo pasa a ser "sujeto pasivo y responsables".

En el Tema 44 IVA (V), se modifica la rúbrica del apartado sobre "Régimen de deducciones en sectores diferenciados de actividad" (OEP2017) que en la convocatoria anterior OEP2016 se denominaba: "Régimen de deducción: Sectores de actividad diferenciada".

En el Tema 45 IVA (VI), se modifica la rúbrica del último apartado: "Obligaciones del sujeto pasivo y gestión del impuesto" (OEP2017) que en la convocatoria anterior OEP2016 se denominaba: "Gestión del Impuesto y obligaciones del sujeto pasivo".

En el Tema 47 II.EE. (I), se retrasa en el orden de los apartados: "Bases y tipos impositivos" y "Repercusión", para estudiar antes los apartados sobre "Sujetos pasivos y responsables", "Exenciones", y "Devoluciones". También se situa al final del tema el apartado de "Infracciones y sanciones".

En el Tema 53 Sistena Aduanero (I), se incorporan, después del apartado del ámbito de aplicación del Código Aduanero de la UE, los apartados: "Las decisiones aduaneras", "Procedimiento: fases, plazos y su forma de cómputo" y "La revisión de las decisiones aduaneras favorables para el interesado: suspensión, anulación, revocación y modificación". También se añade después del apartado de los derechos aduaneros de importación y exportación el apartado: "Operadores económicos: Registro" y "Los operadores económicos autorizados".

En el Tema 56 Sistema Aduanero (IV), se modifica el apartado de la convocatoria anterior OEP2016: "Notificación, contracción y pago" que pasa a ser "Notificación y contracción" y se incorpora a continuación como apartado independiente: "Pago: plazos, facilidades de pago e intereses de crédito y mora".

En el Tema 57 Sistema Aduanero (V), se concreta el apartado de Depósito temporal de las mercancías en: "régimen juridico, plazos y lugares". Se añaden los apartados: "La declaración aduanera: modalidades y simplificaciones", "Anulación y rectificación de declaraciones aduaneras", "Liquidación de la deuda aduanera", y "La asistencia mutua aduanera". Se suprime el apartado de la convocatoria anterior OEP2017: "El Operador económico autorizado" que se ha ubicado en el tema 53.

En el Tema 60 Sistema Aduanero (VIII), los procedimientos activo y pasivo pasan de ser un "Régimen de Transformación" (OEP2016), a ser un "Régimen de Perfeccionamiento" (OEP2017).

En el Tema 61 Las Tasas y Precios Públicos, se añaden los "principios" y se suprime el "ámbito de aplicación", se recoloca el "devengo" entre el "hecho imponible" y "sujeto pasivo" (en la convocatoria anterior OEP2016 el devengo estaba después de sujeto pasivo y responsables). Se elimina el apartado de "Las exacciones parafiscales".  

NOTA: Puedes descargar en pdf el temario completo de "bolsillo" (PINCHAR AQUÍ).