Recurrir Medidas Cautelares: ¿Cuándo se interpone el recurso del artículo 146 LGT?

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11 May 2022 00:21 - 11 May 2022 10:04 #139216 por Juhego
Cuando se interpone el recurso de las 146? Una vez que ratifica la medida el órgano inspector? Entiendo que la diligencia no es recurrible,
Última Edición: 11 May 2022 10:04 por webmaster.

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11 May 2022 07:02 #139217 por crisys
Respuesta de crisys sobre el tema Recurrir medida cautelar
Este artículo está relacionado con el art 181 rgat y ahí en su apartado 5 pone lo siguiente

5. En el plazo improrrogable de cinco días, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la medida cautelar, el obligado tributario podrá formular alegaciones ante el órgano competente para liquidar, que deberá ratificar, modificar o levantar la medida adoptada mediante acuerdo debidamente motivado en el plazo de 15 días desde su adopción, que deberá comunicarse al obligado.

El acuerdo a que se refiere el párrafo anterior no podrá ser objeto de recurso o reclamación económico-administrativa, sin perjuicio de que se pueda plantear la procedencia o improcedencia de la adopción de las medidas cautelares en los recursos y reclamaciones que, en su caso puedan interponerse contra la resolución que ponga fin al procedimiento de inspección tributaria.

Saludos!

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11 May 2022 09:42 #139221 por davidmelian92
Respuesta de davidmelian92 sobre el tema Recurrir medida cautelar
Las medidas cautelares del 146 LGT no son recurribles, pero las del 81 LGT si son recurribles.

Auxiliar de Renta OEP 2022
Agente de Hacienda OEP 2022.

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11 May 2022 10:59 #139230 por Migueexxe
Respuesta de Migueexxe sobre el tema Recurrir medida cautelar
Gracias, las del 146/181 lo tenía claro pero no me había fijado en las del 81 lgt. Se agradece.

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11 May 2022 14:09 #139247 por Juhego
Respuesta de Juhego sobre el tema Recurrir medida cautelar
Puedes alegar la improcedencia de las 146lgt (art.181rgat) pero lo que me parece es un tiempo desproporcionado ya que quizás necesites ese ordenador x ej. Y tienes que esperar a la notificación luego alegar y luego 15 dias

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11 May 2022 14:12 #139248 por crisys
Respuesta de crisys sobre el tema Recurrir medida cautelar

Juhego wrote: Puedes alegar la improcedencia de las 146lgt (art.181rgat) pero lo que me parece es un tiempo desproporcionado ya que quizás necesites ese ordenador x ej. Y tienes que esperar a la notificación luego alegar y luego 15 dias


Los 15 días cuentan desde que se adoptó la medida cautelar, no desde que alegas!

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