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crisys wrote: Sí, esto lo sé, lo que pregunto no tiene nada que ver.
Estoy hablando sólo del art. 200, donde dice que generalmente la sanción de esta infracción será de 150€ excepto que se den unos casos, donde cuantifica de otra manera la sanción.
Pero no entiendo además de los casos que da, qué otro caso haría que se cometiese esa infracción.
Y tiene que haber más casos, porque sino no estaría cuantificada en 150€ de manera general
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CSHI22 wrote:
crisys wrote: Sí, esto lo sé, lo que pregunto no tiene nada que ver.
Estoy hablando sólo del art. 200, donde dice que generalmente la sanción de esta infracción será de 150€ excepto que se den unos casos, donde cuantifica de otra manera la sanción.
Pero no entiendo además de los casos que da, qué otro caso haría que se cometiese esa infracción.
Y tiene que haber más casos, porque sino no estaría cuantificada en 150€ de manera general
Yo siempre me he puesto de ejemplo obligaciones específicas.
En el regimen de criterio de caja o en el de agencia de viajes, por ejemplo, los Libros Registro tienen que cumplir unos requisitos específicos como reflejar las fechas de cobro y pago en el RECC y que, el incumplimiento, constituye infracción del art. 200 aunque no sea de las que se reflejan en el apartado 1.
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