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Lupin_3rd wrote: Las devoluciones no se embargan. Se compensan de oficio siempre. Ten en cuenta que si tienes una deuda en proceso de embargo quiere decir que está en periodo ejecutivo. Y en periodo ejecutivo la Administración compensa de oficio cualquier devolución que tengas pendiente o que surja.
Un saludo
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Innacio wrote:
Lupin_3rd wrote: Las devoluciones no se embargan. Se compensan de oficio siempre. Ten en cuenta que si tienes una deuda en proceso de embargo quiere decir que está en periodo ejecutivo. Y en periodo ejecutivo la Administración compensa de oficio cualquier devolución que tengas pendiente o que surja.
Un saludo
Sí que se pueden embargar. Se embargan cuando no es posible la compensación (ver mi mensaje anterior). De hecho, si intentaras hacer la compensación, la aplicación no te dejaría.
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