Hola buenas tardes,
Me surge una duda. Leyendo los artículos de inspección de la LGT, ésta hace constante mención al término "inspección de los tributos"
¿A qué se refiere exactamente? A los funcionarios de inspección, al órgano competente para iniciar el procedimiento inspector, al órgano competente para tramitar el procedimiento inspector, al órgano competente para liquidar...?
Gracias de antemano