preguntas tipo test AHP convocatoria extraordinaria covid (OEP2019)

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18 Oct 2020 13:11 - 18 Oct 2020 17:55 #111080 por eniagent21
Hola, tengo un par de dudas del examen tipo test de la convocatoria extraordinaria, no sé si alguien más las tiene... así también se aclaran dudas.

Pregunta 63
Los pagos que se realicen en las entidades de crédito que presten el servicio de caja podrán efectuarse mediante cheque que deberá reunir los siguientes requisitos:
A. Ser nominativo a favor del Tesoro público y cruzado.
B. Estar conformado o certificado por la entidad librada, en fecha y forma.
C. Ser nominativo a favor del Tesoro público y cruzado al Banco de España.
D. Los exigidos por la legislación mercantil.

Dan por buena la C pero para mi que está mal porque para ello deberían ser los ingresos en en las cajas de la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera art 35.2 RGC

Pregunta 84
Martín transmite a su sobrino su segunda vivienda por 300.000 euros pese a que el valor de mercado es de 450.000 euros. Dicho inmueble lo adquirió por 200.000 euros, de los cuales 6.000 euros correspondieron a gastos y tributos propios de la adquisición y realizó dos mejoras de 10.000 euros y 4.800 euros cada una de ellas. Determine la ganancia patrimonial.
A. 79.200 euros.
B. 229.000 euros.
C. 85.200 euros.
D. 235.000 euros.

Dan por buena la D, pero no sé de donde sacan la cuenta, porque para mí sería 450-250-6-10-4,8= 229,2


Alguien sabe decir, porque no sé si realmente están mal o si las han impugnado porque ya incluso han salido las listas. Gracias de antemano.
Última Edición: 18 Oct 2020 17:55 por webmaster.

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18 Oct 2020 13:42 - 18 Oct 2020 13:44 #111089 por Witty
Respecto a la primera diría que tienes razón.

Respecto a la segunda, si solo contamos con los datos del supuesto sale 235.200€ (450.000-(200.000+10.000+4.800)). Ten en cuenta que los 6.000 de gastos y tributos ya están incluidos en los 200.000. Pero para calcular el valor de adquisición hay que computar la amortización mínima exigible (1% para viviendas). Por lo que la ganancia patrimonial debería ser superior a 235.200€... No sé si yo también me estoy perdiendo algo.

En cualquier caso, las preguntas se las traen...

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
Última Edición: 18 Oct 2020 13:44 por Witty.

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18 Oct 2020 13:53 #111090 por eniagent21
Respuesta de eniagent21 sobre el tema Duda preguntas test AHP convocatoria extraordinaria covid
Tienes razón de que los 6000 están incluidos en la adquisición... ahora bien... tenemos 235,2 que ni con el 1% de amortización nos daría porque serían 2000 (200.000x1%) y lo que tenemos que descontar son 200 para que nos de salvo que lo calculen de otra manera.

Vaya tela y eso en este test que es más asequible que el del 26, pero hay alguna preguntita que aupa

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18 Oct 2020 13:58 #111092 por Witty
La amortización no aumenta el valor de adquisición, sino que lo disminuye. Por eso digo que en cualquier caso la ganancia patrimonial sería superior a 235.200€.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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18 Oct 2020 14:05 #111094 por margama07
Respuesta de margama07 sobre el tema Duda preguntas test AHP convocatoria extraordinaria covid
Madre mía,
incluso obviando el tema de la amortización, las dos estariann mal.

Me da que han metido tres mal adrede, para anular como en el nuestro...jejeje

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18 Oct 2020 14:11 #111095 por eniagent21
Respuesta de eniagent21 sobre el tema Duda preguntas test AHP convocatoria extraordinaria covid
También tienes razón
el valor de adquisición se minorará en el importe de las amortizaciones fiscalmente deducibles compuntándose en todo caso, la amortización mínima resultante del periodo máximo de amortización o porcentaje fijo que corresponda

Pues ya nos contará alguien de donde se quitan esos 200... igual es la comisión de alguno que no se declara... vaya tela

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18 Oct 2020 15:26 #111107 por eniagent21
Respuesta de eniagent21 sobre el tema Duda preguntas test AHP convocatoria extraordinaria covid

Espartano wrote: Yo estuve el Miércoles un rato volviéndome loco haciendo cuentas y no me salía de ninguna manera. Ya veo que no soy el único.

Olvidaos de la amortización puesto que haría falta el dato de los años y no le facilitan. Faltan 200€ ¿donde andarán?





PD: La primera pregunta estará impugnada seguro. Así que el examen de los covidianos al final irá sobre 99, pero no nos vamos a enterar.



No serían 99 sino 98 están las dos en el aire, en fin... menudos estos del tribunal con las preguntitas, aquí van 2 y en el otro 3... increíble que pase esto porque o fallas o las dejas en blanco, pero en cualquier caso pierdes un tiempo que no tienes

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18 Oct 2020 19:52 #111122 por Radagast
Respuesta de Radagast sobre el tema Duda preguntas test AHP convocatoria extraordinaria covid
Y si les anulan 4, podrían impugnar porque los del examen del 26 tuvieron una pregunta más para poder llegar a la nota de corte :dry: :dry:

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18 Oct 2020 20:36 #111124 por Al abordaje
Respuesta de Al abordaje sobre el tema Duda preguntas test AHP convocatoria extraordinaria covid
Lo cachondo del tema es que nos enteraríamos por la puerta de atrás quien hizo el examen del Covid porque variarían todas sus notas en una nueva lista de aprobados que incluso podría sacar y meter a alguien nuevo. El desparrame final. Demasiado bonito para ser verdad!!!

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19 Oct 2020 08:35 - 19 Oct 2020 08:41 #111136 por MiuMiu
La amortización es un 3%. Pero no hay opción válida igualmente.
Última Edición: 19 Oct 2020 08:41 por MiuMiu.

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19 Oct 2020 08:43 #111138 por Witty
3% es lo que se considera amortización efectiva a efectos de los gastos deducibles en la obtención de rendimientos del capital inmobiliario. Para calcular la amortización mínima exigible hay que usar la tabla de amortización del IS: www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/I...zacion_lineal_.shtml

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19 Oct 2020 09:06 - 19 Oct 2020 14:27 #111143 por MiuMiu

Witty wrote: 3% es lo que se considera amortización efectiva a efectos de los gastos deducibles en la obtención de rendimientos del capital inmobiliario. Para calcular la amortización mínima exigible hay que usar la tabla de amortización del IS: www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/I...zacion_lineal_.shtml


No coincido, la tabla que indicas es para amortizar el resto de bienes muebles amortizables que integren el inmueble, si lo alquilas (teniendo en cuenta que no desarrollas actividad económica en él). Los bienes muebles se amortizan al 10%.
Se considera la amortización como gasto fiscalmente deducible (Ingresos - Gasto amortización) cuando el inmueble está arrendado. Pero añade la normativa: "computándose en todo caso la amortización mínima" = con independencia de su consideración como gasto, por lo que el inmueble se amortiza a un 3%. Si desarrollases una actividad económica
Última Edición: 19 Oct 2020 14:27 por MiuMiu.

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19 Oct 2020 09:26 #111146 por Witty

MiuMiu wrote:

Witty wrote: 3% es lo que se considera amortización efectiva a efectos de los gastos deducibles en la obtención de rendimientos del capital inmobiliario. Para calcular la amortización mínima exigible hay que usar la tabla de amortización del IS: www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/I...zacion_lineal_.shtml


No coincido, la tabla que indicas es para amortizar el resto de bienes muebles amortizables que integren el inmueble, si lo alquilas. Los bienes muebles se amortizan al 10%.
Se considera la amortización como gasto fiscalmente deducible (Ingresos - Gasto amortización) cuando el inmueble está arrendado. Pero añade la normativa: "computándose en todo caso la amortización mínima" = con independencia de su consideración como gasto, por lo que el inmueble se amortiza a un 3%.


No entiendo muy bien tu objeción. En cualquier caso, la tabla que he enlazado es la de amortización lineal del IS para todos los bienes amortizables (art. 12 LIS). Ahí verás que la amortización mínima para edificio de viviendas es de 100 años, es decir, del 1% anual.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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19 Feb 2021 17:18 #118495 por Brujita
Buenas, ¿alguien ha encontrado la solución? Me ha salido esta pregunta en opositatest, les he preguntado qué procedimiento siguen para dar por bueno el resultado de 235.000 y simplemente me han dicho que es la respuesta dada por el tribunal.
A mí me sale 235.200.
Para aplicar una posible amortización, tenía entendido que la vivienda debe de estar alquilada. Pero el enunciado no dice si lo estuvo, ni siquiera sabemos cúando se adquirió y cuándo se transmitió.

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19 Feb 2021 18:32 - 19 Feb 2021 18:33 #118499 por Witty

Brujita wrote: Buenas, ¿alguien ha encontrado la solución? Me ha salido esta pregunta en opositatest, les he preguntado qué procedimiento siguen para dar por bueno el resultado de 235.000 y simplemente me han dicho que es la respuesta dada por el tribunal.
A mí me sale 235.200.
Para aplicar una posible amortización, tenía entendido que la vivienda debe de estar alquilada. Pero el enunciado no dice si lo estuvo, ni siquiera sabemos cúando se adquirió y cuándo se transmitió.


Eso es lo que me salía a mí, a lo que habría que sumar la amortización mínima (1%) por el tiempo que se tuvo el inmueble antes de venderlo. Lo que dices de que la vivienda tiene que estar efectivamente arrendada para aplicar la amortización es cierto cuando la amortización es un gasto deducible de los rendimientos inmobiliarios. Pero es distinto cuando se trata de calcular la ganancia patrimonial obtenida en una transmisión. En este último caso, el precio de adquisición siempre será minorado cuando menos en la amortización mínima exigible con independencia de que se hubiera reconocido o no como gasto en las declaraciones correspondientes (art. 40 RIRPF). Es decir, aunque no te hayas deducido ese gasto tienes la obligación de restar al precio de adquisición al menos la amortización mínima, lo que lógicamente aumentará la ganancia patrimonial (o disminuirá la pérdida), con lo que Hacienda siempre gana.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
Última Edición: 19 Feb 2021 18:33 por Witty.

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