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VíctorPrz4 wrote: La verdad es que no lo sé.
No creo que tenga tanta importancia.
En mi caso es curiosidad y que sabiendo quién dicta qué me resulta infinitamente más fácil entender y recordar los procedimientos.
Igual son manías mías.
Lo que no quita que todo suma. Si te puedo decir que el acuerdo de ampliación de alcance en inspección lo dicta el órgano competente para liquidar (Inspector-jefe conforme Cinco.2.c Resol.AEAT 24-3-1992), o que la autorización previa a la liquidación vinculada a delito la da el delegado especial, competente para presentar querella, (misma resolución), o que el crédito incobrable lo declara el Jefe de Dependencia Regional de Recaudación o sus adjuntos (Resol.AEAT 22-1-2013), pues eso que te llevas.
Siempre preguntan algunos en los test, sobre todo quien autoriza cosas importantes. Ejercicio de acciones civiles y penales, acuerdo de pago en especie o tercerías de dominio, acuerdos singulares de pago en concurso... Etc.
Casi todo es recaudación en realidad.
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Witty wrote:
VíctorPrz4 wrote: La verdad es que no lo sé.
No creo que tenga tanta importancia.
En mi caso es curiosidad y que sabiendo quién dicta qué me resulta infinitamente más fácil entender y recordar los procedimientos.
Igual son manías mías.
Lo que no quita que todo suma. Si te puedo decir que el acuerdo de ampliación de alcance en inspección lo dicta el órgano competente para liquidar (Inspector-jefe conforme Cinco.2.c Resol.AEAT 24-3-1992), o que la autorización previa a la liquidación vinculada a delito la da el delegado especial, competente para presentar querella, (misma resolución), o que el crédito incobrable lo declara el Jefe de Dependencia Regional de Recaudación o sus adjuntos (Resol.AEAT 22-1-2013), pues eso que te llevas.
Siempre preguntan algunos en los test, sobre todo quien autoriza cosas importantes. Ejercicio de acciones civiles y penales, acuerdo de pago en especie o tercerías de dominio, acuerdos singulares de pago en concurso... Etc.
Casi todo es recaudación en realidad.
¿No es el Director del Departamento de Inspección el competente para interponer denuncia o querella (Orden PRE/3581/2007, art.5.2.d)? Pensaba que el Delegado Especial solo es competente para interponer acciones civiles y proponer al Director del Departamento de Recaudación la interposición de acciones penales (Resolución 22/1/13, art. cuatro.1.6).
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Witty wrote: Hay varias competencias que aparecen atribuidas en la Orden a los directores de departamento y que luego las Resoluciones las atribuyen a órganos inferiores. Deberían revisar y unificar las normas de organización de la AEAT, porque lo que hay es un totum revolutum en el que no hay quien se aclare...
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