PROCEDIMIENTO de liquidación de intereses de demora (artículo 26 LGT)

Más
21 Oct 2020 11:20 - 21 Oct 2020 16:14 #111467 por Witty
Acabo de descubrir que la AEAT tiene regulado en su web el procedimiento de liquidación de intereses de demora, en el que se concede plazo de alegaciones de 15 días tras la propuesta de resolución. Pero solo hace referencia al artículo 26 de la LGT como normativa reguladora, donde dicho procedimiento no está expresamente regulado. Por curiosidad, ¿alguien sabe si el procedimiento está expresamente regulado en alguna disposición normativa?

www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/p...dimientos/GZ88.shtml

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
Última Edición: 21 Oct 2020 16:14 por webmaster.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
21 Oct 2020 15:31 - 21 Oct 2020 15:33 #111516 por VíctorPrz4
Respuesta de VíctorPrz4 sobre el tema Procedimiento de liquidación de intereses de demora

Witty wrote: Acabo de descubrir que la AEAT tiene regulado en su web el procedimiento de liquidación de intereses de demora, en el que se concede plazo de alegaciones de 15 días tras la propuesta de resolución. Pero solo hace referencia al artículo 26 de la LGT como normativa reguladora, donde dicho procedimiento no está expresamente regulado. Por curiosidad, ¿alguien sabe si el procedimiento está expresamente regulado en alguna disposición normativa?

www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/p...dimientos/GZ88.shtml


Me pasó igual cuando lo lei :lol:

En serio, pensamos cosas parecidas, una pena que no tenga este foro opción de mensajes directos porque creo que podríamos tener algunas conversaciones interesantes, a propósito de lo cual si quieres me puedes escribir a opositandocth@gmail.com para intercambiar contactos, o no, vaya, sólo planteo la opción. (a fin de cuentas los foros tienen gracia porque son anónimos)

Respecto del asunto conflictivo:

  • Respuesta de mi preparador: No hay norma al respecto, lo normal es 99.8 de 10-15 días de audiencia
  • Respuesta del TEAC, por analogía con la liquidación de recargos resol.2716/2019: audiencia de 10-15 días

  • Así que mi teoría: Se les ha quedado plazo de 15 días en la web de alguna ley o norma anterior ya no vigente.

    O ha venido exigido por algún tipo de jurisprudencia anterior a la Ley 58/2003, porque como digo, a falta de regulación expresa, 99.8

    "Tu vida cambiará cuando estés más comprometido con tus metas que con tu comodidad" Anónimo.
    Última Edición: 21 Oct 2020 15:33 por VíctorPrz4.
    El siguiente usuario dijo gracias: lubev

    Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Más
    21 Oct 2020 16:32 #111520 por Witty
    Respuesta de Witty sobre el tema Procedimiento de liquidación de intereses de demora

    VíctorPrz4 wrote:

    Witty wrote: Acabo de descubrir que la AEAT tiene regulado en su web el procedimiento de liquidación de intereses de demora, en el que se concede plazo de alegaciones de 15 días tras la propuesta de resolución. Pero solo hace referencia al artículo 26 de la LGT como normativa reguladora, donde dicho procedimiento no está expresamente regulado. Por curiosidad, ¿alguien sabe si el procedimiento está expresamente regulado en alguna disposición normativa?

    www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/p...dimientos/GZ88.shtml


    Me pasó igual cuando lo lei :lol:

    En serio, pensamos cosas parecidas, una pena que no tenga este foro opción de mensajes directos porque creo que podríamos tener algunas conversaciones interesantes, a propósito de lo cual si quieres me puedes escribir a opositandocth@gmail.com para intercambiar contactos, o no, vaya, sólo planteo la opción. (a fin de cuentas los foros tienen gracia porque son anónimos)

    Respecto del asunto conflictivo:

  • Respuesta de mi preparador: No hay norma al respecto, lo normal es 99.8 de 10-15 días de audiencia
  • Respuesta del TEAC, por analogía con la liquidación de recargos resol.2716/2019: audiencia de 10-15 días

  • Así que mi teoría: Se les ha quedado plazo de 15 días en la web de alguna ley o norma anterior ya no vigente.

    O ha venido exigido por algún tipo de jurisprudencia anterior a la Ley 58/2003, porque como digo, a falta de regulación expresa, 99.8


    Te cojo el mail, aunque sea para invitarte a una caña cuando esto acabe, que gracias a tus aportaciones voy mejor preparado al examen. ¿No harás el segundo en Madrid?

    Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

    Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Más
    21 Oct 2020 16:54 #111526 por VíctorPrz4
    Respuesta de VíctorPrz4 sobre el tema Procedimiento de liquidación de intereses de demora
    Lo mismo digo, aunque no lo parezca muchas de las preguntas que se van respondiendo son dudas que no me habían surgido antes y posiblemente hubiera metido la pata en el examen.

    Hago el examen en Málaga.

    Escríbeme cuando quieras, tengo ese mail solo para la opo y suscripciones de cosas (temario CEF, etc) mucho spam para tenerlo en el personal.

    "Tu vida cambiará cuando estés más comprometido con tus metas que con tu comodidad" Anónimo.

    Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Moderadores: webmaster
    Tiempo de carga de la página: 0.103 segundos