NOTIFICACION electrónica artículo 43 LPAC ("dies ad quem" = último día)

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24 Oct 2020 22:04 - 25 Oct 2020 08:52 #111861 por Laugcl
Hola compañeros.

Tengo una consulta que creía que tenía bastante clara pero ya veo que no.

Se le pone al obligado una notificación en sede electrónica el día 1 de enero y no accede a ella. De acuerdo con el artículo 43lpac, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales DESDE la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

Mi pregunta es
Si se pone a su disposición el día 1 de enero, se cuenta ese día y tendría hasta el día 10 para acceder a ella (contado con los dedos hacen 10 días). Por tanto, el día 11 se entendería notificada?
Última Edición: 25 Oct 2020 08:52 por webmaster.

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24 Oct 2020 22:25 #111862 por Morenoflexo
Respuesta de Morenoflexo sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
El día 11

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25 Oct 2020 08:08 #111870 por sisepuede
Respuesta de sisepuede sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
Yo creo que se entiende notificada el día 12. El artículo 43 LPAC dice el transcurso de los 10 días, esto es, al día siguiente de los 10 días.

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25 Oct 2020 08:12 #111872 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
Tiene hasta el 11 para acceder a la notificación (el plazo de 10 días naturales se cuenta desde el siguiente a la notificación, art. 30 LPAC), por lo que el rechazo se entiende producido el 12.

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25 Oct 2020 08:26 #111874 por Opositora_ahp
Respuesta de Opositora_ahp sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
Buenos días!
Aprovecho el hilo para preguntar en el caso de notificación por comparecencia (112 lgt), si el anuncio se publica el día 1, cuando se entiende notificado por el transcurso de los 15 días naturales?
Muchas gracias

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25 Oct 2020 08:30 #111875 por Madrigal
Respuesta de Madrigal sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC

Opositora_ahp wrote: Buenos días!
Aprovecho el hilo para preguntar en el caso de notificación por comparecencia (112 lgt), si el anuncio se publica el día 1, cuando se entiende notificado por el transcurso de los 15 días naturales?
Muchas gracias

El día 17

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25 Oct 2020 09:35 #111878 por Laugcl
Respuesta de Laugcl sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
Pero si el 12 se entiende rechazada, ¿No debería el artículo de decir a partir del día siguiente? Al decir DESDE la puesta a disposición me deja un poco confusa

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25 Oct 2020 09:45 #111879 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
A ver si puedo aclarártelo y no te lío más. Dice TRANSCURRIDOS 10 días naturales (es decir, una vez que han pasado 10 días) y ese plazo de 10 días que tiene que pasar se cuenta DESDE la puesta a disposición, lo cual quiere decir que los 10 días empiezan a contarse desde el siguiente a dicha puesta a disposición, según la regla general de cómputo de plazos. Solo una vez han transcurrido esos 10 días, se entiende rechazada y esto sucede el día siguiente de los 10 días, que es cuando estos ya han pasado.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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25 Oct 2020 09:55 #111881 por kuenn
Respuesta de kuenn sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
Es que lo dice porque puedes acceder en el momento de la puesta a disposición, sin que pase un día siquiera, o una hora . Eso si, tienes de plazo para acceder desde el día 1 al 11. El 12 rechazada y notificada.

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25 Oct 2020 10:00 #111882 por Morenoflexo
Respuesta de Morenoflexo sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
Efectivamente se entiende notificado por rechaZo el 12, yo también pensaba que lo tenía claro y me había vuelto a liar.
Con la rallada me he ido a los apuntes de dictamen y en un ejercicio salía esto, y se resolvió así.
Como regla aunque parezca raro para que no se olvide hay que pensar en x+10+1. Es decir, si se pone a disposición el 1: 1+10+1=12
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25 Oct 2020 10:02 #111883 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema NOTIFICACION 43 LPAC
Desde luego sería menos confuso si siempre dijeran "desde el día siguiente", pero con el artículo 30 de la LPAC han querido zanjar la polémica del cómputo de plazo para que siempre empieza a computarse desde el día siguiente a la notificación. Por eso el TS ha dictaminado que también en el procedimiento inspector se siga esta norma y a pesar de que el 150 LGT dice que el plazo se cuenta desde el día de la notificación debe entenderse desde el día siguiente.

Lo suyo sería que fueran más cuidadosos a la hora de redactar los artículos de plazos, pero qué le vamos a hacer. Incluso el artículo 30 LPAC está mal redactado. Dice:

4. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.

El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Y debería decir:

4. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.

El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que SE PRODUJO LA NOTIFICACIÓN, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
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25 Oct 2020 11:17 #111897 por Laugcl
Muchísimas gracias a todos de verdad! Parece una tontería pero esto puede hacer que se pierda una pregunta en el examen.
Y el caso, es que tenía una preparadora que contaba el plazo como lo expuse yo al principio.

Una última cosa, para interponer recurso de reposición el plazo es de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto. Entonces, si se notifica el día 1 de enero, tiene desde el día 2 de enero al 2 febrero? O desde el 2 de enero al 1 febrero.

Lo he visto de las dos formas, y yo entiendo por la ley 39 que sería el 1 de febrero pero tampoco estoy segura.
Gracias compis!

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25 Oct 2020 11:19 #111898 por Witty

Laugcl wrote: Muchísimas gracias a todos de verdad! Parece una tontería pero esto puede hacer que se pierda una pregunta en el examen.
Y el caso, es que tenía una preparadora que contaba el plazo como lo expuse yo al principio.

Una última cosa, para interponer recurso de reposición el plazo es de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto. Entonces, si se notifica el día 1 de enero, tiene desde el día 2 de enero al 2 febrero? O desde el 2 de enero al 1 febrero.

Lo he visto de las dos formas, y yo entiendo por la ley 39 que sería el 1 de febrero pero tampoco estoy segura.
Gracias compis!


Del 02/01 al 01/02

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25 Oct 2020 12:33 - 25 Oct 2020 12:34 #111904 por VíctorPrz4
Como dice un compañero es hacerse un par de reglas y aplicarlas sin demasiado quebradero de cabeza:

Algunas que se me ocurren:


  • Rechazo not.e: día de puesta a disposición +11

    PD. 5-X-X +10 +1 (11) -> 16-X-X


  • Not. BOE: día publicación +16

    Publicación. 5-X-X +15+1 (16) -> 21-X-X


  • Plazo 10 días hábiles: fecha not. +14

    Not. 5-X-X +10 +4 (dos fines de semana) (14) -> 19-X-X


  • Plazo 15 días hábiles: fecha not. +21

    Not. 5-X-X +15 +6 (tres fines de semana) (21)-> 26-X-X


  • Not. Tácita acta acuerdo: día firma + 15

    Firma. 5-X-X +10 +4(dos fines de semana) +1 (15)-> 20-X-X


  • Not. Tácita acta conformidad: día firma +1 mes + 1 día.

    Firma. 5-5-X -> 1 mes -> 5-6-X + 1 día -> 6-6-X

  • En general si la notificación llega un día hábil (lo normal) el plazo termina, salvo festivo, en día hábil.

    Salvo los de Recaudación que tienen su casuística, prácticamente nunca se falla haciendo así los cálculos.

    "Tu vida cambiará cuando estés más comprometido con tus metas que con tu comodidad" Anónimo.
    Última Edición: 25 Oct 2020 12:34 por VíctorPrz4.
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    25 Oct 2020 12:43 #111907 por Laugcl

    VíctorPrz4 wrote: Como dice un compañero es hacerse un par de reglas y aplicarlas sin demasiado quebradero de cabeza:

    Algunas que se me ocurren:


  • Rechazo not.e: día de puesta a disposición +11

    PD. 5-X-X +10 +1 (11) -> 16-X-X


  • Not. BOE: día publicación +16

    Publicación. 5-X-X +15+1 (16) -> 21-X-X


  • Plazo 10 días hábiles: fecha not. +14

    Not. 5-X-X +10 +4 (dos fines de semana) (14) -> 19-X-X


  • Plazo 15 días hábiles: fecha not. +21

    Not. 5-X-X +15 +6 (tres fines de semana) (21)-> 26-X-X


  • Not. Tácita acta acuerdo: día firma + 15

    Firma. 5-X-X +10 +4(dos fines de semana) +1 (15)-> 20-X-X


  • Not. Tácita acta conformidad: día firma +1 mes + 1 día.

    Firma. 5-5-X -> 1 mes -> 5-6-X + 1 día -> 6-6-X

  • En general si la notificación llega un día hábil (lo normal) el plazo termina, salvo festivo, en día hábil.

    Salvo los de Recaudación que tienen su casuística, prácticamente nunca se falla haciendo así los cálculos.


    Gracias a todos!

    Con respecto al plazo de 10 dias hábiles, por ejemplo, si en el examen de agentes te pone una fecha y no sabes qué día de la semana es, ¿Haría falta contar los dos días de fin de semana?

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