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josseppes wrote: indicar los efectos fiscales de la venta de la vivienda en la declaración del impuesto sobre la renta de 2019 y determinar en su caso el importe a ingresar en la base imponible , sujeto pasivo y tipo de renta:
según el Artículo 34. Importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales. Norma general.
1. El importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales será:
a) En el supuesto de transmisión onerosa o lucrativa, la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión de los elementos patrimoniales.
el valor de adquisición, en este caso 200.000+18.000=218.000
se ha vendido por 500.000 descontado los gastos
total 500.000-218.000= 282.000 de ganancia patrimonial, el sujeto pasivo será D.Luis ya que fue adquirida por herencia y el tipo de renta será renta del ahorro.
hasta aqui todo bastante normal, pero mas abajo en el ejercicio nos dice que el matrimonio ha adquirido un chalet en los alrededores por importe de 1.000.000 de euros que va a dedicar a su vivienda habitual.
el art Artículo 38. Ganancias excluidas de gravamen en supuestos de reinversión.
1. Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
con lo que la respuesta sera que no ha existido ganancia patrimonial o que ha sido o euros
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margama07 wrote:
josseppes wrote: indicar los efectos fiscales de la venta de la vivienda en la declaración del impuesto sobre la renta de 2019 y determinar en su caso el importe a ingresar en la base imponible , sujeto pasivo y tipo de renta:
según el Artículo 34. Importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales. Norma general.
1. El importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales será:
a) En el supuesto de transmisión onerosa o lucrativa, la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión de los elementos patrimoniales.
el valor de adquisición, en este caso 200.000+18.000=218.000
se ha vendido por 500.000 descontado los gastos
total 500.000-218.000= 282.000 de ganancia patrimonial, el sujeto pasivo será D.Luis ya que fue adquirida por herencia y el tipo de renta será renta del ahorro.
hasta aqui todo bastante normal, pero mas abajo en el ejercicio nos dice que el matrimonio ha adquirido un chalet en los alrededores por importe de 1.000.000 de euros que va a dedicar a su vivienda habitual.
el art Artículo 38. Ganancias excluidas de gravamen en supuestos de reinversión.
1. Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
con lo que la respuesta sera que no ha existido ganancia patrimonial o que ha sido o euros
La ganancia patrimonial entiendo que existe, pero esta exenta de gravamen, en la medida en que se reinvierte en otra vivienda habitual dentro delos dos años anteriores o posteriores a la venta de la primera.
Yo no lo vi...
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