thor wrote: Falsa, las medidas cautelares podran adoptarse en cualquier momento durante la tramitación del procedimiento, cuando se entienda que el cobro pueda verse frustrado.
No es necesario esperar al acta de inspección.
Coincido,
Por completar al compañero:
Art.81.6.LGT.
En este sentido la medida la propone el órgano inspector al órgano competente de recaudación (jefe de dependencia regional de recaudación) (TERCERO.3.23. Resol.22 enero 2013) que lo eleva al Delegado o delegado Especial que es el competente para adoptar la medida cautelar (CUARTO.1.4.Resol.22 enero 2013)