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josseppes wrote: esta bastante completa la solución del ejercicio.
en el APARTADO 26
En relación con el escrito presentado el día 7 de marzo por el matrimonio,
indicar si da lugar al inicio de un procedimiento tributario y, en su caso,
identificar qué procedimiento
Es una solicitud de rectificación (pues se supone que le sale menos a pagar)
no es correcta esta respuesta ya que dice el Artículo 126. Iniciación del procedimiento de rectificación de autoliquidaciones.
1. Las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones se dirigirán al
órgano competente de acuerdo con la normativa de organización
específica.
2. La solicitud sólo podrá hacerse una vez presentada la
correspondiente autoliquidación y antes de que la Administración
tributaria haya practicado la liquidación definitiva o, en su defecto,
antes de que haya prescrito el derecho de la Administración tributaria
para determinar la deuda tributaria mediante la liquidación o el derecho
a solicitar la devolución correspondiente.
el enunciado del examen dice:
Con fecha 7 marzo de 2020 D. Luis presentó un escrito ante la Agencia
Tributaria indicando que en su declaración de 2015 se equivocó al tributar
por el régimen de tributación individual, puesto que aplicando el régimen de
declaración conjunta le resultaba más favorable, solicitando la devolución,
según sus cálculos, de un importe de 2.500 euros.
el tiempo trascurrido entre el 2015 (ya que el enunciado dice se equivoco al tributar y no dice los rendimientos obtenidos en el 2015)y el 2020 es de 5 años, el procedimiento correcto que inicia D. Luis es el del art 221 de la LGT
jurisprudencia
Artículo 221. Procedimiento para la devolución de ingresos indebidos.
1. El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos se iniciará de oficio o a instancia del interesado, en los siguientes supuestos:
a) Cuando se haya producido una duplicidad en el pago de deudas tributarias o sanciones.
b) Cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de una autoliquidación.
c) Cuando se hayan ingresado cantidades correspondientes a deudas o sanciones tributarias después de haber transcurrido los plazos de prescripción. En ningún caso se devolverán las cantidades satisfechas en la regularización voluntaria establecida en el artículo 252 de esta Ley.
este examen hay apartados en los que se puede alegar diferentes puntos de vistas
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Cristobalsoria wrote: La pregunta 30 se responde con ese artículo y el 83.2 del IRPF.
Un saludo.
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creo que estas equivocando términos:VíctorPrz4 wrote:
josseppes wrote: esta bastante completa la solución del ejercicio.
en el APARTADO 26
En relación con el escrito presentado el día 7 de marzo por el matrimonio,
indicar si da lugar al inicio de un procedimiento tributario y, en su caso,
identificar qué procedimiento
Es una solicitud de rectificación (pues se supone que le sale menos a pagar)
no es correcta esta respuesta ya que dice el Artículo 126. Iniciación del procedimiento de rectificación de autoliquidaciones.
1. Las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones se dirigirán al
órgano competente de acuerdo con la normativa de organización
específica.
2. La solicitud sólo podrá hacerse una vez presentada la
correspondiente autoliquidación y antes de que la Administración
tributaria haya practicado la liquidación definitiva o, en su defecto,
antes de que haya prescrito el derecho de la Administración tributaria
para determinar la deuda tributaria mediante la liquidación o el derecho
a solicitar la devolución correspondiente.
el enunciado del examen dice:
Con fecha 7 marzo de 2020 D. Luis presentó un escrito ante la Agencia
Tributaria indicando que en su declaración de 2015 se equivocó al tributar
por el régimen de tributación individual, puesto que aplicando el régimen de
declaración conjunta le resultaba más favorable, solicitando la devolución,
según sus cálculos, de un importe de 2.500 euros.
el tiempo trascurrido entre el 2015 (ya que el enunciado dice se equivoco al tributar y no dice los rendimientos obtenidos en el 2015)y el 2020 es de 5 años, el procedimiento correcto que inicia D. Luis es el del art 221 de la LGT
jurisprudencia
Artículo 221. Procedimiento para la devolución de ingresos indebidos.
1. El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos se iniciará de oficio o a instancia del interesado, en los siguientes supuestos:
a) Cuando se haya producido una duplicidad en el pago de deudas tributarias o sanciones.
b) Cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de una autoliquidación.
c) Cuando se hayan ingresado cantidades correspondientes a deudas o sanciones tributarias después de haber transcurrido los plazos de prescripción. En ningún caso se devolverán las cantidades satisfechas en la regularización voluntaria establecida en el artículo 252 de esta Ley.
este examen hay apartados en los que se puede alegar diferentes puntos de vistas
Precisamente ya que el enunciado no dice cuando se presentó. No dice "la declaración que presentó en 2015", sino "declaración de 2015", que puede interpretarse de forma natural como declaración del periodo 2015. Se presenta hasta 30-6-2016, no está prescrita a 7-3-2020.
En cualquier caso se podría haber redactado más claro.
De otro modo, asumiendo la prescripción, las siguientes 3 preguntas pierden el sentido.
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completamente de acuerdo que el tercer ejercicio va a ser determinante para pasar la oposición.salamandra wrote: Yo puse que se iniciaba un procedimiento de devolución, pero no de ingresos indebidos, sino el recogido en los artículos 124-127 LGT, ahora entiendo que está mal. Desde luego la parte de gestión será la decisiva para pasar o no, habrá que ver el nivel de todos los que se presentaron.
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si que esta exenta, no deja lugar a dudas el art 7 del IRPFLevel42 wrote: Yo creo que el número 24 la indemnización sí está exenta pues en ningún momento se habla de despido sino de resolucion pactada que es lo que se realiza en conciliación en el SMAC y las cantidades percibidas están exentas
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Level42 wrote: Lo sé muy bien porque a mi me despidieron hace ya bastante años y alcancé una resolucion pactada con la empresa en conciliación del SMAC y estaba exenta de IRPF. Es más lo primero que te preguntan en el SMAC es pueden llegar a un pacto?
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me he equivocado al ponerlo, no esta exenta por el art 7 de LIRPFjosseppes wrote:
si que esta exenta, no deja lugar a dudas el art 7 del IRPFLevel42 wrote: Yo creo que el número 24 la indemnización sí está exenta pues en ningún momento se habla de despido sino de resolucion pactada que es lo que se realiza en conciliación en el SMAC y las cantidades percibidas están exentas
e) Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato
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