artículo 46.5 LGT acreditación de la representación voluntaria

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01 Dic 2020 13:53 - 01 Dic 2020 16:33 #114565 por soñando
Buenas tardes a todos,

Alguien podria ayudarme con la representación voluntaria :
En el articulo 46.5 Lgt . Para la realización de actuaciones distintas de las mencionadas en los apartados 2, 3 y 4 anteriores, la representación podrá acreditarse debidamente en la forma que reglamentariamente se establezca.

que ejemplos hay para estos casos, no se me ocurre ninguno!!!

graciaas
Última Edición: 01 Dic 2020 16:33 por webmaster.

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01 Dic 2020 14:03 #114567 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema 46.5 LGT
Yo tampoco entiendo bien a qué casos se refiere. En otro hilo escribí esto:


Por otro lado, me cuesta imaginarme ejemplos que encajen en el 46.5 LGT: actos en los que no se requiere acreditar la representación, pero tampoco son de mero trámite. ¿Sabéis de algún ejemplo? ¿Se refiere, por ejemplo, a solicitar conocer el estado del procedimiento? Porque entiendo que subsanar un trámite a requerimiento de la Administración es mero trámite...

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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01 Dic 2020 14:11 #114568 por soñando
Respuesta de soñando sobre el tema 46.5 LGT
yo tampoco tengo ni idea , se desarrolla en el 111.4 RGAT :

4. Para las actuaciones previstas en el artículo 46.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se entenderá acreditada la representación en los siguientes casos:

a) Cuando la representación se haya hecho figurar expresamente en la declaración, autoliquidación, comunicación de datos o solicitud que sea objeto del procedimiento.

b) Cuando la representación conferida resulte de los propios actos o de la conducta observada por el obligado tributario en relación con las actuaciones desarrolladas

y ya con el apartado b... esque no entiendo por donde va

Si alguien nos ayuda!!


Gracias

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