Tema 23 THAC: exención y deducción sobre dividendos de entidades no residentes (artículo 21 y 32 LIS Ley 27/2014). ¿Compatibles o Incompatibles de aplicar?
rd5
Autor del tema
opositor iniciado
MenosMás
Gracias recibidas: 0
06 Ene 2021 14:15 - 06 Ene 2021 20:13#116098por rd5
Me ha surgido una duda respecto a la exención y deducción sobre dividendos o participaciones en beneficios de entidades no residentes en territorio español, y es que en caso de que se cumplan los requisitos del art.21de la LIS para aplicar la exención y los del art.32 de la LIS para aplicar la deducción, en la liquidación del IS, ¿se aplica conjuntamente tanto la exención como la deducción, o el contribuyente tiene que elegir entre aplicar una u otra, es decir, si en la liquidación del IS haces un ajuste negativo por los ingresos por dividendos y un ajuste positivo por el impuesto pagado en el extranjero y luego a la cuota integra le aplicas la deducción para evitar la doble imposición o el contribuyente es el que decide aplicar la exención o deducción de forma independiente en función de sus intereses?
Yo también tengo dudas con esos dos artículos. En ambos casos tienen que cumplir los requisitos del 21.a) pero, me parece que en caso de no cumplir el requisito del 21.b) (que sean gravados por un impuesto similar al IS de gravamen superior al 10%) se aplica la deducción, y si cumple ese requisito se tiene por exento directamente. Y si esta exenta, obviamente no se aplica la deducción. A ver si alguien nos lo confirma porque no estoy seguro de ello.
Pienso como ustedes que en caso de que se cumplan los requisitos del art.21 y art.32 será el contribuyente el que decida aplicar la exención o deducción según la tributación que resulte de cada supuesto, pero no estaba del todo seguro.