Mínimo personal y familiar

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16 Ene 2021 17:38 #116545 por Brujita
Mínimo personal y familiar Publicado por Brujita
Buenas, os dejo el siguiente enunciado a ver si alguien me puede ayudar...
Luis (54 años, minusvalía 55%) está casado con Lucía (50 años) en régimen de gananciales. Con ellos conviven sus hijos (Carlos, de 26 años, Lucas, de 20 años, que este verano percibió 9.000 euros en concepto de salario por su trabajo como camarero y Marcos, de 20 años). También conviven con ellos la madre de Lucía (78 años y minusvalía del 65%) y el padre de Luis (79 años, que pasa medio año con ellos y medio año con su otra hija).
Luis fue despedido este año y percibió una indemnización ratificada mediante sentencia firme de 14.789 euros. Su empresa le abonó por el tiempo trabajado 3.456 euros, percibiendo la prestación por desempleo el resto del ejercicio.
Lucía es titular de una churrería, ha facturado 35.000 euros teniendo unos gastos de 13.560. Cuenta con dos empleados (uno a jornada completa y otro a media jornada) que mantiene desde hace 3 años, ha comprado un TPV de 2.600 euros el 1 de marzo y el local dispone de 23 metros con un consumo de 13.487 kWh. No dispone de vehículos.
Además, Luis ha adquirido de su tío el ususfructo de una vivienda cuyo valor asciende a 100.000 euros, y ha ganado un concurso de la tele de 10.000 euros. Simona recibió un legado de un amigo de su familia (colección de monedas por importe de 21.450 euros).

El caso es que la pregunta es, ¿cuál es el mínimo personal y familiar de Lucía en caso de tributación individual? Pongo todos los datos porque creo que hay algo que se me escapa, ya que la solución que a mí me da al parecer es errónea:
Mínimo del contribuyente: 5.550 euros
Mínimo por descendientes: 1.200 euros
Mínimo por ascendientes: 1.150 euros + 1.400 euros
Mínimo por discapacidad: 9.000
Total: 18.300 euros

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  • rd5
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16 Ene 2021 18:29 #116549 por rd5
Respuesta de rd5 sobre el tema Mínimo personal y familiar
Hola, brujita.

A priori, diría que tienes que aumentar el mínimo por discapacidad en 3.000 euros. La madre de Lucía tiene una discapacidad igual al 65 % y por tanto, se aplica lo establecido en el art. 60.2 de la LIRPF: "Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 3.000 euros anuales por cada ascendiente o descendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento."

Los importes del resto de mínimos los pondría igual.

Un saludo

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16 Ene 2021 18:51 #116550 por Brujita
Respuesta de Brujita sobre el tema Mínimo personal y familiar
Hola, sí, totalmente, tienes razón. Entonces creo que las posibles respuestas están mal, porque con 18.300 ya me pasaba
Gracias por tu ayuda :)

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16 Ene 2021 19:38 #116552 por estheruca
Respuesta de estheruca sobre el tema Mínimo personal y familiar
Hola Brujita,

Respecto al mínimo por ascendiente por el padre, al convivir 6 meses con cada hija, creo que les corresponde deducírselo por mitad, 700 cada una en aplicación del art. 61.1. no ?

Art. 61.1.ª Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, respecto de los mismos ascendientes o descendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Un saludo.

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16 Ene 2021 20:13 - 16 Ene 2021 20:17 #116556 por Brujita
Respuesta de Brujita sobre el tema Mínimo personal y familiar
Hola Esther, el padre de Luis vive medio año con él y Lucía y medio año con su otra hija

Por tanto el mínimo por este ascendiente entiendo que se aplicará en la declaración individual de Luis, y de la forma que tú señalas (prorrateándose). Aunque creo que no serían 700 y 700, ya que al tener más de 75 años, el mínimo sería 1.150 + 1.400.
Última Edición: 16 Ene 2021 20:17 por Brujita.

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  • estheruca
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16 Ene 2021 21:04 #116557 por estheruca
Respuesta de estheruca sobre el tema Mínimo personal y familiar
Tienes toda la razón. Disculpa.

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17 Ene 2021 07:53 #116562 por Lucree
Respuesta de Lucree sobre el tema Mínimo personal y familiar
Buenas,
Para el mínimo por contribuyente y familiar de Lucía, en tributación individual:
- contribuyente Lucía 50 años
- hijo Carlos: de 26 años (no aplica por ser mayor de 25 años)
- hijo Lucas (no aplica por percibir rentas de + 8000 euros)
- Marcos (20 años), aplica en la 1/2 conforme al art 61.1º (se reparte entre Lucía y Luís)
- por la madre de Lucía (78 años y minusvalía del 65%): aplica al 100% solo a Lucía, por descendiente y minusvalía
- y el padre de Luis --> no aplica por no ser su ascendiente
Mínimo del contribuyente: 5.550 euros
Mínimo por descendientes: 1.200 euros
Mínimo por ascendientes: 1.150 euros + 1.400 euros
Mínimo por discapacidad: 9.000+ 3000
Total: 21.300 euros

Ojo que para Luis cuando haya su declaración según el art 60.3.ª La determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta a efectos de lo establecido en los artículos 57, 58, 59 y 60 de esta Ley, se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de devengo del Impuesto. por lo que es independiente si el padre de Luis ha vivido medio año con uno y medio con otro, lo que se mira es donde viva a 31/12, fecha del devengo!

Saludos!

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17 Ene 2021 08:56 #116564 por CSHI22
Respuesta de CSHI22 sobre el tema Mínimo personal y familiar

Lucree wrote: Buenas,
Para el mínimo por contribuyente y familiar de Lucía, en tributación individual:
- contribuyente Lucía 50 años
- hijo Carlos: de 26 años (no aplica por ser mayor de 25 años)
- hijo Lucas (no aplica por percibir rentas de + 8000 euros)
- Marcos (20 años), aplica en la 1/2 conforme al art 61.1º (se reparte entre Lucía y Luís)
- por la madre de Lucía (78 años y minusvalía del 65%): aplica al 100% solo a Lucía, por descendiente y minusvalía
- y el padre de Luis --> no aplica por no ser su ascendiente
Mínimo del contribuyente: 5.550 euros
Mínimo por descendientes: 1.200 euros
Mínimo por ascendientes: 1.150 euros + 1.400 euros
Mínimo por discapacidad: 9.000+ 3000
Total: 21.300 euros

Ojo que para Luis cuando haya su declaración según el art 60.3.ª La determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta a efectos de lo establecido en los artículos 57, 58, 59 y 60 de esta Ley, se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de devengo del Impuesto. por lo que es independiente si el padre de Luis ha vivido medio año con uno y medio con otro, lo que se mira es donde viva a 31/12, fecha del devengo!

Saludos!


Eso no es así. Se mira la situación a 31/12 es cierto y es ahí donde hay que ver si ha vivido la mitad con cada uno.
Si han empezado a “repartírselo” en Agosto, no cumplirán, pero si no lo repartirán por mitades.
Es como los casos de custodia compartida. Va todo por mitades sin que tenga importancia con quien pase el niño la Nochevieja.

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17 Ene 2021 09:24 #116565 por Lucree
Respuesta de Lucree sobre el tema Mínimo personal y familiar
Hola CSH122, si tienes razón, Merci

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13 Jun 2024 14:18 #159712 por davidmelian92
Respuesta de davidmelian92 sobre el tema Mínimo personal y familiar
Aprovecho este tema de un cosa que me fijé ayer en una renta, de hecho apunté su DNI y hoy lo miré en mi casa tranquilamente.

Ayer le hice una renta a una persona del año 48 (31/12/23)= 75 años y tenía de mínimo personal y familiar 8100 euros. No se supone que es el próximo año cuando debería de tener 8100 y este debería de tener 6700?

Auxiliar de Renta OEP 2022
Agente de Hacienda OEP 2022.

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13 Jun 2024 14:33 #159714 por IHEBCN
Respuesta de IHEBCN sobre el tema Mínimo personal y familiar
Hola David, es interesante la cuestión que planteas.

Hay que partir del artículo 61 de la LIRPF, que establece que para la determinación de las circunstancias para aplicar los mínimos se tomará como fecha la del devengo del impuesto (generalmente el 31/12).

Creo que la confusión puede venir porque, por ejemplo, el artículo 58 exige para aplicar el mínimo por descendiente que este tenga menos de 25 años, por lo que si la persona en cuestión ha cumplido los 25 durante ese año a 31/12 será mayor que el requisito y no procederá su aplicación. Con el mínimo del contribuyente o ascendiente se producen los efectos contrarios; en el caso que planteas ese contribuyente tendrá el 31/12 75 años y unos días/meses por lo que cumple el requisito de "tener edad superior a 75 años" y resulta de aplicación el incremento.

Saludos
El siguiente usuario dijo gracias: davidmelian92

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13 Jun 2024 14:34 #159715 por crisys
Respuesta de crisys sobre el tema Mínimo personal y familiar
Sólo con un segundo más ya es mayor de 75 años 😉😉😉
El siguiente usuario dijo gracias: davidmelian92

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21 Jun 2024 20:26 #159841 por PabloRobles
Respuesta de PabloRobles sobre el tema Mínimo personal y familiar
Muy buenas,

Recordad que las comunidades autónomas tienen competencia para regular los mínimos (cosa que muchas han hecho últimamente) por lo que, además de los mínimos estatales, habría que ver los mínimos autonómicos, acudiendo a la Ley que regule los tributos cedidos que corresponda.

Saludos,

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