Hola,
Yo el destino final lo entiendo como un despacho a libre práctica que en determinados supuestos se beneficia de una suspensión o una reducción de derechos en atención al fin especial que se proyecta dar a las mercancías importadas. Y la exención o reducción está condicionada a que se cumplan, a futuro, los requisitos que motivaron tal exención o reducción.
Saludos.