A vueltas de nuevo con esto.
Por cierto Fran123 tenías toda la razón la legítima de los hijos es siempre 2/3, ponga lo que ponga en el testamento, es lo que se denomina legítima larga o amplia.
Ahora, me surge otra duda:
A la hora de tener que presentar la declaración de la renta de la persona fallecida, ¿quién es el obligado a presentarla en representación de esa persona fallecida?
¿Los hijos? ¿El Heredero Universal?
Realmente no tengo claro el significado de "heredero universal", entiendo que tal figura abarcaría todos los derechos adquiridos, desde su reconocimiento, hasta las diferentes obligaciones o pasivos heredados cuando acepta los bienes o patrimonios de la herencia.
Si la declaración resultase a pagar ¿tendría que pagar el Heredero Universal?
Si la declaración resultase a devolver ¿tendría el Heredero Universal derecho a esa devolución?
O ¿se tendría que repartir entre todos los herederos?