Autoliquidación ITPyAJD, plazo de presentación y pago vencido. ¿qué recargo se impone el art 27 LGT o del 28 LGT, o ambos?

  • Lobosur323
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14 Feb 2021 21:55 - 15 Feb 2021 09:56 #118281 por Lobosur323
Buenas tardes,

Tengo una duda acerca de una autoliquidación de ITP. Resulta que el plazo para presentar y pagar la autoliquidación venció hace 2 días.Qué recargos se aplican ¿los del art 27 LGT o del 28 LGT, o ambos?. Recargo del 5? y que requisitos tendría que cumplir para que se me aplicara el recargo reducido del -25%

Muchas gracias
Última Edición: 15 Feb 2021 09:56 por webmaster.

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  • Brujita
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15 Feb 2021 01:19 - 15 Feb 2021 01:24 #118285 por Brujita
Respuesta de Brujita sobre el tema Autoliquidación ITP Recargo
Hola, como dices que el plazo venció hace 2 días, sobreentendemos que no hay requerimiento previo, pueden darse varias situaciones:

Presentas autoliquidación extemporánea, y procede recargo del 5% (artículo 27), que se reducirá un 25% si ingresas el importe de la deuda en el momento de la autoliquidación extemporánea y el importe de dicho recargo en el plazo del artículo 62.2 LGT.

Si presentas la autoliquidación y no pagas, el recargo será del 5% (artículo 27 LGT), pero, además, se abriría el período ejecutivo y ya hablaríamos también de los recargos del artículo 28 LGT.

Esto último contando con que haces la autoliquidación a los dos días. Si esperas puede que se aplique el recargo del 5%, 10%, 15% o 20% (y en su caso, intereses de demora) dependiendo de cuándo lo hagas.

En todas las autoliquidaciones creo que es así, espero que no haya regla especial en el ITP
Última Edición: 15 Feb 2021 01:24 por Brujita.

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