Lgt art 169.2 Orden embargo. Renta alquiler vivienda. Orden de embargo.

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03 Mar 2021 15:14 #119095 por Pontelospapes
Lgt art 169.2 Orden embargo Publicado por Pontelospapes
B

Agente de la Hacienda Pública OEP 2020

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03 Mar 2021 18:31 #119109 por Dguez
Coincido con Gabino.
Por lo que he visto se trata de créditos arrendaticios y no he encontrado tampoco nada que lo distinga entre persona físicas y jurídicas.

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03 Mar 2021 19:17 #119112 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema Lgt art 169.2 Orden embargo
Supongo que habrá cambiado. En el examen de 2010 preguntaron justamente eso y la respuesta válida era rentas y frutos.

Un saludo
El siguiente usuario dijo gracias: Pontelospapes

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03 Mar 2021 23:23 #119125 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema Lgt art 169.2 Orden embargo
En el tipo test. La he localizado en el cuadernillo de test de preparando tributario. Para quien lo tenga lo puede mirar ahí. Básicamente son las preguntas de exámenes de otros años clasificadas por tema. Y esa indicia que es del examen del 2010. La única duda es que esté mal copiada la solución en el cuadernillo. Mañana miro el examen original.

Un saludo.

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04 Mar 2021 11:10 #119135 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema Lgt art 169.2 Orden embargo
Para quien le interese esta fue la pregunta del exámen de 2010 acceso libre.

81. Entre la información patrimonial obrante en el expediente de recaudación de un
obligado al pago está la relativa a un inmueble arrendado cuya titularidad corresponde
en un 50% al obligado al pago. Indique las diligencias de embargo que podría emitir el
órgano de recaudación sobre este bien y los derechos inherentes.
a) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de créditos a corto
plazo.
b) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de créditos a largo
plazo.
c) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de intereses, frutos y
rentas de toda especie.
d) Diligencia de embargo de bienes inmuebles.

Y la respuesta válida fue la C.

Un saludo.
El siguiente usuario dijo gracias: Dguez, Pontelospapes

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04 Mar 2021 12:21 #119141 por Dguez
Respuesta de Dguez sobre el tema Lgt art 169.2 Orden embargo

Lupin_3rd wrote: Para quien le interese esta fue la pregunta del exámen de 2010 acceso libre.

81. Entre la información patrimonial obrante en el expediente de recaudación de un
obligado al pago está la relativa a un inmueble arrendado cuya titularidad corresponde
en un 50% al obligado al pago. Indique las diligencias de embargo que podría emitir el
órgano de recaudación sobre este bien y los derechos inherentes.
a) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de créditos a corto
plazo.
b) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de créditos a largo
plazo.
c) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de intereses, frutos y
rentas de toda especie.
d) Diligencia de embargo de bienes inmuebles.

Y la respuesta válida fue la C.

Un saludo.


Lo estoy viendo...sí en el test del 2010...está marcada como correcta la c)....comprobado en la plantilla de respuestas de la AEAT de ese año tb...
Sin embargo...ahora tengo esa pregunta marcada como correcta la a)...en Preparando tributario...
Ahora entiendo el que no haya una respuesta rotunda ante esta pregunta....por consultas vinculantes yo me inclino por la a)
Gracias por las averiguaciones!!!!

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04 Mar 2021 12:33 #119146 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Lgt art 169.2 Orden embargo
Yo lo veo así:

La renta que se obtiene por arrendar un inmueble entra claramente dentro de la categoría "intereses, frutos y rentas de toda especie". Ahora bien, el perceptor de una renta cuyo devengo es inferior a los seis meses no deja de ser un acreedor por un crédito a corto plazo, por lo que a la hora de embargar la renta se siguen las normas de embargo de los créditos a corto plazo del 81 RGR, que es lo que indica la DGT en la consulta señalada. Pero a efectos del orden de embargo del 169 LGT, las rentas, igual que los intereses y el resto de frutos se embargan después de otros créditos a corto plazo como letras de cambios, pagarés, etc., que son a los que se refiere 169.2b LGT.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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04 Mar 2021 12:53 - 04 Mar 2021 12:53 #119151 por Dguez
Respuesta de Dguez sobre el tema Lgt art 169.2 Orden embargo

Witty wrote: Yo lo veo así:

La renta que se obtiene por arrendar un inmueble entra claramente dentro de la categoría "intereses, frutos y rentas de toda especie". Ahora bien, el perceptor de una renta cuyo devengo es inferior a los seis meses no deja de ser un acreedor por un crédito a corto plazo, por lo que a la hora de embargar la renta se siguen las normas de embargo de los créditos a corto plazo del 81 RGR, que es lo que indica la DGT en la consulta señalada. Pero a efectos del orden de embargo del 169 LGT, las rentas, igual que los intereses y el resto de frutos se embargan después de otros créditos a corto plazo como letras de cambios, pagarés, etc., que son a los que se refiere 169.2b LGT.


Yo seguía el razonamiento que indicas..pero según éste, la respuesta correcta de la pregunta 81 sería tanto la a) como la c) entonces....
Tengo claro que ante el orden de embargo entre unos valores que cotizan en un mercado secundario y ante las rentas generadas por un arrendamiento primero van los valores...
Lo que no tengo tan claro es si tenemos para embargar los valores, las rentas de arrendamiento y sueldos y salarios....vayan por último en orden las rentas de arrendamiento...para mi se sigue el 81 RGR..créditos a corto plazo...(siempre y cuando el contrato de arrendamiento sea de ese tipo..a corto plazo etc...) como se ve en el procedimiento de la AEAT
Última Edición: 04 Mar 2021 12:53 por Dguez.

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