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Lupin_3rd wrote: Para quien le interese esta fue la pregunta del exámen de 2010 acceso libre.
81. Entre la información patrimonial obrante en el expediente de recaudación de un
obligado al pago está la relativa a un inmueble arrendado cuya titularidad corresponde
en un 50% al obligado al pago. Indique las diligencias de embargo que podría emitir el
órgano de recaudación sobre este bien y los derechos inherentes.
a) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de créditos a corto
plazo.
b) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de créditos a largo
plazo.
c) Diligencia de embargo de bienes inmuebles y diligencia de embargo de intereses, frutos y
rentas de toda especie.
d) Diligencia de embargo de bienes inmuebles.
Y la respuesta válida fue la C.
Un saludo.
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Witty wrote: Yo lo veo así:
La renta que se obtiene por arrendar un inmueble entra claramente dentro de la categoría "intereses, frutos y rentas de toda especie". Ahora bien, el perceptor de una renta cuyo devengo es inferior a los seis meses no deja de ser un acreedor por un crédito a corto plazo, por lo que a la hora de embargar la renta se siguen las normas de embargo de los créditos a corto plazo del 81 RGR, que es lo que indica la DGT en la consulta señalada. Pero a efectos del orden de embargo del 169 LGT, las rentas, igual que los intereses y el resto de frutos se embargan después de otros créditos a corto plazo como letras de cambios, pagarés, etc., que son a los que se refiere 169.2b LGT.
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