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tiroriro wrote: Como te han comentado, sí que se puede. También estuve en esa situación y lo hablé con personal y me dijeron que sí que es verdad que antes se regían por esa normativa, pero que ahora con la evolución de los medios de transporte ya no tenía mucho sentido.
Otra cosa es que te toque Madrid y quieras vivir en Ibiza. Por mucho que expliques que coges los polvos flu y te presentas en un momento, pues no va a colar.
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Neo wrote: Mmmm el articulo 77 de la ley 1964 no fue derogada en el 2007???
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[Neo wrote: En el EBEP no dice nada de obligacion de residir, sino de cumplir con el horario, salvo que se me escape algo.
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