Agentes AHP ¿es cierto que si trabajas en una provincia estás obligado a residir en ella?

  • Scar
  • Autor del tema
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
03 Mar 2021 13:20 - 03 Mar 2021 16:04 #119071 por Scar
Inicio hilo por un comentario en otro post.

Es cierto que en Agentes, si trabajas en una provincia estás obligado a residir en ella ? No puedes vivir en otra y desplazarte por tu propios medios (coche, tren...) ?

Ejemplo: Residir en la provincia de Tarragona y la plaza sea en Barcelona.

No lo he leido en ninguna ley ni he visto que este regulado, pero en otrl post se decía.

Si alguien lo sabe ciertamente, gracias! Repito, para Agentes hablo.
Última Edición: 03 Mar 2021 16:04 por webmaster.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Mar 2021 13:35 - 03 Mar 2021 13:37 #119073 por Leia
Respuesta de Leia sobre el tema Residencia agentes
Los funcionarios se rigen por las mismas normas sean del nivel que sean, por lo que sí se puede residir en una provincia y trabajar en otra.

Está en el artículo 77 de la ley de Funcionarios Civiles del Estado Artículo 77.

"1. Los funcionarios deberán residir en el término municipal donde radique la oficina, dependencia o lugar donde presten sus servicios.

2. Por causas justificadas, el Subsecretario del Departamento podrá autorizar la residencia en lugar distinto, siempre y cuando ello sea compatible con el exacto cumplimiento de las tareas propias del cargo."

Yo resido en otra provincia y como decía un compañero en otro post hay mucha gente que no reside donde trabaja.
Tengo compañeros agentes que van y vienen.
Última Edición: 03 Mar 2021 13:37 por Leia.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • Scar
  • Autor del tema
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
03 Mar 2021 13:37 #119074 por Scar
Respuesta de Scar sobre el tema Residencia agentes
Pero al punto 1 pone que se debe residir en el municipio donde este la oficina.
Entonces entiendo que al ejemplo que he puesto (residir en Tarragona y la oficina en Barcelona) no se podría, no ?

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Mar 2021 13:44 #119075 por Leia
Respuesta de Leia sobre el tema Residencia agentes
Sí que se puede, el punto 2 dice que lo prodrán autorizar "siempre y cuando ello sea compatible con el exacto cumplimiento de las tareas propias del cargo."

O sea, que si tienes medios para ir y haces tu horario no deben ponerte ninguna pega.
A mí mi jefe me la puso porque en mi caso no solo resido en una provincia distinta, sino que es una CCAA distinta también, y me dijo que según indicaciones de RRHH no podía residir en otra CCAA (mentira). Lo comenté con los sindicatos y ellos hablaron con RRHH. En RRHH se quedaron un poco sorprendidos porque el jefe no había hablado con ellos, simplemente me denegó porque sí y tuvo que recular.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Mar 2021 13:52 #119076 por tiroriro
Respuesta de tiroriro sobre el tema Residencia agentes
Como te han comentado, sí que se puede. También estuve en esa situación y lo hablé con personal y me dijeron que sí que es verdad que antes se regían por esa normativa, pero que ahora con la evolución de los medios de transporte ya no tenía mucho sentido.

Otra cosa es que te toque Madrid y quieras vivir en Ibiza. Por mucho que expliques que coges los polvos flu y te presentas en un momento, pues no va a colar.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Mar 2021 13:58 - 03 Mar 2021 14:02 #119078 por Leia
Respuesta de Leia sobre el tema Residencia agentes

tiroriro wrote: Como te han comentado, sí que se puede. También estuve en esa situación y lo hablé con personal y me dijeron que sí que es verdad que antes se regían por esa normativa, pero que ahora con la evolución de los medios de transporte ya no tenía mucho sentido.

Otra cosa es que te toque Madrid y quieras vivir en Ibiza. Por mucho que expliques que coges los polvos flu y te presentas en un momento, pues no va a colar.


Efectivamente. A mi lo que me dijeron en RRHH es que se autoriza siempre que sea factible ir y venir los 5 días de semana.

O sea que, aunque ahora con el tema covid que solo vas 2 días/semana sí es factible ir venir de Madrid a Ibiza, 5 días no sería factible por lo que no lo autorizarán.
Última Edición: 03 Mar 2021 14:02 por Leia.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • Paco
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
03 Mar 2021 16:00 #119099 por Paco
Respuesta de Paco sobre el tema Residencia agentes
No suelen poner problemas.
A mí me la dieron y residía en distinta provincia y a unos 50 km de distancia.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Mar 2021 17:45 #119102 por Neo
Respuesta de Neo sobre el tema Residencia agentes
Mmmm el articulo 77 de la ley 1964 no fue derogada en el 2007???

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Mar 2021 17:46 #119103 por Neo
Respuesta de Neo sobre el tema Residencia agentes
En el EBEP no dice nada de obligacion de residir, sino de cumplir con el horario, salvo que se me escape algo.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Mar 2021 18:04 #119104 por Leia
Respuesta de Leia sobre el tema Residencia agentes

Neo wrote: Mmmm el articulo 77 de la ley 1964 no fue derogada en el 2007???


Eso tenía entendido yo, que está derogado. Sin embargo, en la Intranet de Madrid en el formulario de cambio de localidad pone "De conformidad con el artículo 77.2 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado solicito autorización para residir...."

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • Paco
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
03 Mar 2021 18:22 #119105 por Paco
Respuesta de Paco sobre el tema Residencia agentes

Neo wrote: En el EBEP no dice nada de obligacion de residir, sino de cumplir con el horario, salvo que se me escape algo.

[
"... se ha venido entendiendo que, pese a que la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), ha
derogado expresamente el deber de residencia, contemplado en el artículo 77 del
Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por el
Decreto 315/1964, de 7 de febrero, dicho deber sigue vigente al amparo de lo
previsto en la Disposición Derogatoria Única del EBEP, que establece que
“quedan derogadas con el alcance establecido en la disposición final cuarta”.

La disposición final cuarta establece:
“Hasta que se dicten las Leyes de Función Pública y las normas reglamentarias
de desarrollo se mantendrán en vigor en cada Administración Pública las normas
vigentes sobre ordenación, planificación y gestión de recursos humanos en tanto
no se opongan a lo establecido en este Estatuto”.
En consecuencia, a sensu contrario, los preceptos de la normativa anterior, aun
derogados, mantendrán su vigencia “hasta que se dicten las Leyes de Función
Pública y las normas reglamentarias de desarrollo” y “en tanto no se opongan a lo
establecido en este Estatuto”.
Por tanto, ha de entenderse que el deber de residencia previsto en el artículo 77
de la ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964, en tanto no se opone a lo
previsto en el EBEP, continúa vigente, siempre que se interprete en los términos
expuestos, es decir, en todo caso, la residencia en localidad o municipio distinto,
deberá garantizar el estricto cumplimiento de jornada, horario y funciones propias
de su cargo, y no podrá suponer la alteración del régimen jurídico que les resulte
de aplicación (incompatibilidades, permisos, licencias, indemnizaciones por razón
del servicio), obteniendo un trato más beneficioso que el que le correspondería
de tener fijada su residencia personal en el mismo lugar que su residencia oficial."

Esto es lo que he encontrado.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
03 Mar 2021 18:30 #119108 por Neo
Respuesta de Neo sobre el tema Residencia agentes
En una ciudad grande como es madrid o Barcelona, la mayor parte de la gente no vive en la propia ciudad, sino en los pueblos de alrededor, y se mueve en metro o autobús o coche, no le veo lógica ninguna, pero oye que puede ser, que todavía mantengan las disposiciones de hace 60 años, bienvenidos al sxxi.

Cada día me sorprendo mas

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.101 segundos