Procedimiento administrativo, tramitación simplificada

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03 Mar 2021 19:17 #119113 por Pilar
Hola buenas! Alguien puede explicarme a que se refiere lo que esta subrayado en el siguiente párrafo? Muchas gracias por adelantado

Si en un procedimiento fuera necesario realizar cualquier otro trámite adicional, deberá seguirse entonces la tramitación ordinaria. Asimismo, cuando en un procedimiento tramitado de manera simplificada fuera preceptiva la emisión del Dictamen del Consejo de Estado, u órgano consultivo equivalente, y este manifestara un criterio contrario al fondo de la propuesta de resolución, para mayor garantía de los interesados se deberá continuar el procedimiento pero siguiendo la tramitación ordinaria, no ya la abreviada, pudiéndose en este caso realizar otros trámites no previstos en el caso de la tramitación simplificada, como la realización de pruebas a solicitud de los interesados.

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03 Mar 2021 22:04 #119121 por Fulldudas
Respuesta de Fulldudas sobre el tema Procedimiento administrativo, tramitación simplificada
Fuera de contexto entiendo lo siguiente: Si el dictamen del Consejo de Estado (que es preceptivo pero no se si vinculante) dice que la propuesta de resolución dictada en la tramitación simplificada no mola (criterio contrario a su fondo), a partir de ese momento se seguirá la tramitación conforme a la Ordinaria (que incluye plazos para realizar los trámites más extensos que en simplificada y más trámites, como la prueba, no previstos en simplificada). Es difícil sin conocer siquiera donde está regulado eso!

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