Buenas tardes,
que significa adherirse a una apelación? Según entiendo es aceptar las pretensiones del demandante, pero no me queda claro el siguiente articulo:
Art 85.4: 4. En el escrito de oposición, la parte apelada, si entendiera admitida indebidamente la apelación, deberá hacerlo constar, en cuyo caso el Secretario judicial dará vista a la apelante, por cinco días, de esta alegación. También podrá el apelado, en el mismo escrito,
adherirse a la apelación, razonando los puntos en que crea que le es perjudicial la sentencia, y en este caso el Secretario dará traslado al apelante del escrito de oposición por plazo de diez días, al solo efecto de que pueda oponerse a la adhesión
Si acepta las pretensiones del demandante, por que razona los puntos que le perjudica? Para ello podría simplemente no adherirse a la apelación