RGAT art 153 Proc de control de presentación de declaraciones y autoliquidaciones

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23 Mar 2021 13:42 #120015 por Lady
Creo que el primer caso se iniciaría un procedimiento de comprobación limitada mediante propuesta de liquidación.
Y en el Segundo caso control de presentación de autoliquidacionrs, declaraciones...

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23 Mar 2021 16:46 - 23 Mar 2021 16:51 #120023 por ibis
Hola Dustin!

Yo creo que caben los dos procedimientos en los dos casos.

Caso A)
CL por el 163c)rgat, que te habilita para iniciar el procedimiento cuando se ponga de manifiesto la obligación de declarar...sin que conste la presentación...
Y Control de presentación de autoliquidaciones por el 153c) Rgat.
Está obligado a declarar xq sus rendimientos superan los 22000 euros (art.96 lirpf) y la admón lo puede saber por la presentación de las autoliquidaciones de retenciones presentadas por el pagador.

Caso B)
CL igualmente por el 163 c) Rgat.
Control de presentación de declaraciones, autoliquidaciones en virtud del 153a) Rgat.
(...resulten obligados a ello de acuerdo con su situación censal.)


Que me corrijan si me he equivocado.

Un saludo!
Última Edición: 23 Mar 2021 16:51 por ibis. Razón: He confundido los casos

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23 Mar 2021 21:38 #120056 por Lupin_3rd
En mi opinión teóricamente se pueden iniciar los dos procedimientos. Ambos cumplen los requisitos. Pero en la práctica entiendo que se iniciará normalmente el de control de presentación en los dos casos. La razón es sencilla. Con este procedimiento siempre te queda la opción posterior de usar la comprobación limitada o el procedimiento inspector. Ya que si se regulariza con cualquiera de estos dos últimos procedimientos, si se nos pasa algo por alto, luego es complicado poder volver a regularizar. Por eso no se usan asi como así. No veo lógico usar una comprobación limitada simplemente para que alguien presente su autoliquidacion a no ser que haya otros indicios de más irregularidades que necesiten ser investigadas.

Un saludo.
El siguiente usuario dijo gracias: ibis

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