¿cuales son los límites de exclusión del régimen simplificado de IVA?

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4 años 6 meses antes - 4 años 6 meses antes #121110 por carlos-78
Hola.
Respecto de los límites de exclusión del régimen simplificado de IVA, alguien me podría decir el límite del importe de las adquisiciones e importaciones del año anterior.

Si atendemos a lo que dice el BOE:
Aquellos empresarios o profesionales cuyas adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de sus actividades empresariales o profesionales, excluidas las relativas a elementos del inmovilizado, hayan superado en el año inmediato anterior el importe de 150.000 euros anuales, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-...tn=1&p=20141128#a122

Según la página de AEAT: Que el volumen de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el ejercicio anterior excluidas las adquisiciones de inmovilizado no supere la cantidad de 250.000 euros anuales (IVA excluido).
www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/I...n_simplificado.shtml

Entiendo que será lo dispuesto en el BOE, pero me genera dudas que la página de la AEAT dé un dato erróneo.

Gracias!!
Última Edición: 4 años 6 meses antes por webmaster.

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4 años 6 meses antes #121113 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Límites régimen simplificado de IVA
Tienes que tener en cuenta lo dispuesto en la Disposición transitoria decimotercera de la LIVA: Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.

Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
El siguiente usuario dijo gracias: julep, carlos-78

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4 años 6 meses antes #121151 por julep
Respuesta de julep sobre el tema Límites régimen simplificado de IVA

Witty escribió: Tienes que tener en cuenta lo dispuesto en la Disposición transitoria decimotercera de la LIVA: Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.

Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.


Correcto.

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4 años 5 días antes #129841 por MML
Respuesta de MML sobre el tema Límites régimen simplificado de IVA
Hola! Acabo de encontrar este hilo porque me acaba de surgir la misma duda. Porque se supone que los importes de la DT 13, deberían estar en los artículos 122 y 124 no?. Es muy confuso que en esos artículos ponga unas cantidades y en la Disposición Transitoria Decimotercera ponga otra. En este caso estoy hablando del 124, que es el que cambia.

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