No tengo claro cuál es exactamente el caso que planteas ni tampoco estoy seguro de que la solución que planteo sea la correcta, pero te digo lo que haría yo.
Voy a suponer que el cónyuge hereda con 65 años y vende con 70, y que el cónyuge ha heredado la plena propiedad de la mitad de la vivienda y el usufructo vitalicia sobre la mitad restante, quedándose cada hijo con la nuda propiedad de un cuarto de la vivienda.
Valor adquisición del piso: 3000€. De estos corresponden: 1500€ a la plena propiedad del cónyuge, 1500*(0,89-0,65)=360€ al usufructo vitalicia y 1500*0,50*0,76=570€ a la nuda propiedad de cada hijo.
Valor de venta: 2000€. De estos corresponden: 1000€ a la plena propiedad del cónyuge, 1000*(0,89-0,70)=190€ al usufructo vitalicio y 1000*0,50*0,81=405€ a la nuda propiedad de cada hijo.
Por lo que el cónyuge tendrá una pérdida de 670€ y cada uno de los hijos, una pérdida de 165€.
Esto suponiendo que el cónyuge y los hijos se ponen de acuerdo para vender la plena propiedad de la vivienda.
Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda