mromero524 wrote: Hola, tengon esa duda, si estamos en un procedimiento de apremio, y tenemos deudas que estan siendo recurridas y otras firmes, supongamos de un mismo procedimiento, puedo enajenar los bienenes embargados y satisfacer las deudas que son firmes.
Gracias.
Buenas, el artículo 172.3 de la LGT dice que la AT no podrá enajenar los bienes y derechos embargados en el curso del procedimiento de apremio hasta que el acto de liquidación de la deuda tributaria ejecutada sea firme, salvo fuerza mayor, bienes pereceros, casos en los que exista riesgo inminente de pérdida de valor o cuando el OT lo solicite de forma expresa.
Espero haberte ayudado del RGR desconozco si hay regulación ahora mismo porque estoy a tope con el primero y hace tiempo que no toco recaudación, este es el único precepto del que me acuerdo ahora mismo.