No son inscribibles:
1.º Los derechos personales.
2.º Los derechos reales sobre bienes inmuebles salvo en caso de prenda sin desplazamiento e hipoteca mobiliaria.
3.º La posesión por disposición expresa del artículo 5 de la Ley Hipotecaria.
4.º Las servidumbres legales y el retracto legal (porque gozan de una publicidad fundada en la ley
y superior por ello a la derivada del Registro).
5.º Las servidumbres aparentes.
¿Es derechos reales sobre bienes MUEBLES, verdad? ¿Y esta pregunta tiene Artículo en la Ley Hipotecaria?
Muchas gracias y un saludo!
Última Edición: 4 años 3 meses antes por politecnik.
Sobre bienes muebles: la prenda sin desplazamiento y la hipoteca mobiliaria son derechos sobre bienes muebles, no inmuebles. Además, todos los derechos sobre bienes inmuebles son inscribibles en el Registro de la propiedad (art. 1-4 Ley Hipotecaria), excepto los títulos referentes al mero o simple hecho de poseer no serán inscribibles (art. 5 Ley Hipotecaria).
Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda