Buenos días, estoy repasando las modificaciones del Código Cívil, y son sustanciales, sobretodo de los artículos 199 al 300. Al parecer se elimina el concepto de incapacitación.
En el temario de la oposición, tenemos los epígrafes de "Capacidad Jurídica y obrar" y "Representación". Creéis que todas las modificaciones de tutela, curatela y demás se pueden englobar dentro de alguno de estos dos epígrafes, o por contra, quedan fuera de temario?
Alguien sabe como ha restructurado el CEF o alguna otra academia el tema 1?
Gracias!