2 EJERCICIOS PRÁCTICOS. Plazo Prescripción Infracción muy grave.

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4 años 3 semanas antes #126173 por josseppes
hola, es importante delimitar el procedimiento en que se realiza el procedimiento sancionador, en el supuesto que planteas estamos antes un procedimiento administrativo, segun especifica el artículo 30 de la ley 40/2015.
Artículo 30. Prescripción.
1. Las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción, las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año.
EJERCICIO 1.
El 25 enero 2015, el presunto infractor comete una Infracción muy grave.
El 1 junio 2015 la Admon le notifica Inicio de Proc Sancionador por dicha Infracción Muy Grave.
PREGUNTA : Cuándo prescribe la Infracción cometida el 25 enero de 2015 ?
fue notificada el dia 1 de junio de 2015 (el procedimiento sancionador tendrá una duración de 6 meses), se debera notificar la resolución del procedimiento antes del día 1 de diciembre de 2015 y comenzará a contar de nuevo la prescripción, si en el infractor no interpone un recurso o reclamación contra la resolucíon, prescribirá el día 1 de diciembre de 2018.

EJERCICIO 2.
Mismo enunciado que EJERCICIO 1, pero añadimos que la Admon paralizó las actuaciones del Proc Sancionador desde el 1 de agosto del 2015 hasta 7 septiembre 2015, por causa imputable a la Admon.
PREGUNTA :
Cuándo prescribe la Infracción cometida el 25 enero de 2015 ?
cuando la administración inicie un procedimiento sancionador y durante un plazo de mas de 1 mes estubieses paralizado por causa de la administración.
en el ejemplo se inicia un procedimiento de sanción el dia 1 de julio y la administración durante un mes paraliza el procedimiento la prescripción se inicia el diá 1 de agosto de 2015 y se producirá la prescripción el dia 1 de agosto de 2018.
Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, de un procedimiento administrativo de naturaleza sancionadora, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable.
se necesita más información para determinar los palzos de prescripción y los plazos de duración del procedimiento sancionador(no es igual en todos los procedimientos)

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