Muy buenas gente, ando rayado con un tema. A ver si me podéis echar una mano.
Más que una duda es un indicio de error. Es acerca del efecto renta y los tipos de bienes, y es que el CEF hace en su temario la siguiente afirmación: "el efecto renta de un bien inferior es positivo".
Por lo que he visto en otros hilos, sé que muchos opinan igual que el CEF, y, sin voluntad de ofender a nadie y con la intención de abrir debate, creo que están equivocados.
El efecto renta es, por definición, el cambio en la cantidad demandada asociado a la variación en el poder adquisitivo. Y el propio CEF afirma que "un bien es normal si al aumentar la renta aumenta su consumo", lo cual no cuadra con que luego diga que el efecto renta de un bien inferior es positivo.
Una cosa es el signo del efecto renta con respecto al precio y otra cosa el signo del efecto renta. La matización es sutil, pero nos puede llevar a afirmar algo que, por definición, no es cierto. El efecto renta de un bien normal es positivo (ya que ES LA CARACTERÍSTICA ESENCIAL de un bien normal, que al aumentar la renta aumenta su consumo), contrario al sentido en que varía el precio, sí, pero positivo.
Soy graduado en Economía y en los apuntes de la universidad tengo la siguiente la afirmación "(...) en definitiva, si el bien es NORMAL, el efecto sustitución negativo se ve reforzado por un efecto renta POSITIVO". Y, lejos de que ese "reforzado" pueda parecer ilógico, es a todas luces cierto. ¿Por qué? Pues ya que, como acertadamente dice el documento, el efecto renta de un bien normal es positivo (contrario al precio, pero positivo), MI RENTA Y MI CONSUMO DE ESE BIEN VARÍAN EN EL MISMO SENTIDO. Así, una subida en el precio provocaría, por el efecto sustitución, un menor consumo de dicho bien. Asimismo, la subida en el precio disminuye mi renta real, por lo que, como renta y consumo varían en el mismo sentido, al bajar mi renta consumiré MENOS todavía. De ahí que refuerce.
Y, por contra, el efecto renta de un bien inferior es negativo. Contrario al precio, nuevamente, pero negativo. Y ocurriendo lo contrario, COMPENSA. Sube el precio, por efecto sustitución negativo consumo menos, pero por efecto renta negativo (renta y consumo varían en sentido contrario) consumiría más (disminuye mi renta --> aumenta mi consumo), pero no compenso del todo. Así que el bien inferior sigue siendo un bien ordinario.
Finalmente, en un bien Giffen sí se llega a compensar del todo, lo que lo convierte en un bien no ordinario, es decir, en un bien que no cumple las leyes de la demanda.
Según tengo entendido, el temario de CTO no se pronuncia expresamente sobre si el efecto renta es positivo o negativo, simplemente hace la afirmación de que un bien es normal si al aumentar mi renta real aumenta mi consumo (lo que en definitiva es... efecto renta positivo jajaj).
En un ejercicio de redactar, adoptaría la postura de CTO y evitaría pronunciarme. El problema llega en V o F como el del año pasado, en el que se hace la siguiente afirmación: "si al aumentar la renta real, por una disminución del precio del bien, aumenta su cantidad demandada, el efecto renta es NEGATIVO y diremos que se trata de un bien normal".
¿Hay alguna forma de saber la corrección oficial a esa pregunta?, ¿qué opináis?
P.D.: No veía una chapa igual desde las de Shaquille O´Neal.