Por cierto, como curiosidad:
El Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado es un Cuerpo de funcionarios de Grupo A1 integrado por personas con conocimientos amplios en el ámbito de la Administración. Este Cuerpo Superior cuya denominación fue creada mediante la Disposición adicional novena de la Ley 30/1984, a partir, principalmente, del Cuerpo Técnico de la Administración Civil, circunstancia que ha motivado que se mantenga hasta nuestros días (si bien es cierto que cada vez más residualmente) la identificación de los miembros de este colectivo como “Técnicos de la Administración Civil ” o, más frecuentemente, mediante su acrónimo “TACs”.