La pregunta dice lo siguiente:
44. En fecha 6 de octubre, D. José ingresa una deuda tributaria por importe de 2.000 euros, cuyo último día
de plazo para el pago en periodo voluntario finalizaba el día 5 de octubre. De acuerdo con lo dispuesto
en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿qué recargo del periodo ejecutivo resultará
aplicable?
A. Recargo del 20 por ciento. Le corresponde ingresar 400 euros del recargo de apremio ordinario.
B. No le corresponde ningún recargo del periodo ejecutivo, tan solo resultarán exigibles los
correspondientes intereses de demora por el día fuera de plazo.
C. Recargo del 10 por ciento. Le corresponde ingresar 200 euros del recargo de apremio reducido.
D. Recargo del cinco por ciento. Le corresponde ingresar 100 euros del recargo ejecutivo.
La correcta es la D. Hasta ahí, bien. Mi duda surge cuando en Opositatest, al realizar este test, me aparece en esta pregunta "¡Cuidado! Esta pregunta en su redacción original está actualmente derogada"
¿A qué se refiere? No sé si es un error de la página, o que se me está escapando algo delante de las narices.
Gracias de antemano.