- Mensajes: 53
- Gracias recibidas: 14
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Juhego wrote: mirando el examen del 2019 y las resoluciones que vi por internet, pues me generan dudas,
si se persona la inspeccion en un centro de trabajo con la comunicacion de inicio del procedimiento, pero el ot no está y el responsable se niega a firmarla, entiendo que se trata de un primer intento de notificacion, pero que la inspeccion no podra realizar ningun tipo de medidas cautelares;
y si fuera el domicilio fiscal y tuviese la autorizacion judicial?
gracias de antemano,
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Juhego wrote: mirando el examen del 2019 y las resoluciones que vi por internet, pues me generan dudas,
si se persona la inspeccion en un centro de trabajo con la comunicacion de inicio del procedimiento, pero el ot no está y el responsable se niega a firmarla, entiendo que se trata de un primer intento de notificacion, pero que la inspeccion no podra realizar ningun tipo de medidas cautelares;
y si fuera el domicilio fiscal y tuviese la autorizacion judicial?
gracias de antemano,
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
jos wrote: Si el intento de notificación no es en el domicilio fiscal del obligado tributario, ese intento no tiene ningún efecto. Ni por supuesto vale como notificado si lo recogiera o lo rehusara otra persona distinta del OT o su representante, ni tampoco como un primer intento para uno segundo posterior y, en su caso, publicación en BOE. Tampoco tendría ningún efecto, si fuera el caso, en cuanto a entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo del procedimiento.
No es por tanto un intento válido de notificación. No vale para nada. No tiene ningún efecto.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
AgenteDelFuturo wrote:
jos wrote: Si el intento de notificación no es en el domicilio fiscal del obligado tributario, ese intento no tiene ningún efecto. Ni por supuesto vale como notificado si lo recogiera o lo rehusara otra persona distinta del OT o su representante, ni tampoco como un primer intento para uno segundo posterior y, en su caso, publicación en BOE. Tampoco tendría ningún efecto, si fuera el caso, en cuanto a entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo del procedimiento.
No es por tanto un intento válido de notificación. No vale para nada. No tiene ningún efecto.
Si el procedimiento se inicia por personación en un local del OT sin que este esté presente y el encargado recoge la notificación no se tendrá por notificado, pero entonces me chirría mucho el 177.2 RGAT, del que se desprende que el procedimiento se puede iniciar de esta manera.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
jos wrote:
AgenteDelFuturo wrote:
jos wrote: Si el intento de notificación no es en el domicilio fiscal del obligado tributario, ese intento no tiene ningún efecto. Ni por supuesto vale como notificado si lo recogiera o lo rehusara otra persona distinta del OT o su representante, ni tampoco como un primer intento para uno segundo posterior y, en su caso, publicación en BOE. Tampoco tendría ningún efecto, si fuera el caso, en cuanto a entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo del procedimiento.
No es por tanto un intento válido de notificación. No vale para nada. No tiene ningún efecto.
Si el procedimiento se inicia por personación en un local del OT sin que este esté presente y el encargado recoge la notificación no se tendrá por notificado, pero entonces me chirría mucho el 177.2 RGAT, del que se desprende que el procedimiento se puede iniciar de esta manera.
El procedimiento de inspección se inicia con la notificación de la comunicación de inicio.
Esa notificación se puede enviar al domicilio del OT o durante una personación se le puede entregar en mano (a él o persona adecuada para recibir notificaciones).
Pero la comunicación de inicio debe ser válidamente notificada para que el procedimiento se inicie. Si no hay notificación válida no hay inicio del procedimiento, con todos los efectos (no comenzará a contar el plazo de finalización del procedimiento de 18 o 27 meses, por ejemplo).
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
fran971 wrote:
jos wrote:
AgenteDelFuturo wrote:
jos wrote: Si el intento de notificación no es en el domicilio fiscal del obligado tributario, ese intento no tiene ningún efecto. Ni por supuesto vale como notificado si lo recogiera o lo rehusara otra persona distinta del OT o su representante, ni tampoco como un primer intento para uno segundo posterior y, en su caso, publicación en BOE. Tampoco tendría ningún efecto, si fuera el caso, en cuanto a entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo del procedimiento.
No es por tanto un intento válido de notificación. No vale para nada. No tiene ningún efecto.
Si el procedimiento se inicia por personación en un local del OT sin que este esté presente y el encargado recoge la notificación no se tendrá por notificado, pero entonces me chirría mucho el 177.2 RGAT, del que se desprende que el procedimiento se puede iniciar de esta manera.
El procedimiento de inspección se inicia con la notificación de la comunicación de inicio.
Esa notificación se puede enviar al domicilio del OT o durante una personación se le puede entregar en mano (a él o persona adecuada para recibir notificaciones).
Pero la comunicación de inicio debe ser válidamente notificada para que el procedimiento se inicie. Si no hay notificación válida no hay inicio del procedimiento, con todos los efectos (no comenzará a contar el plazo de finalización del procedimiento de 18 o 27 meses, por ejemplo).
El hecho de que no se inicie el procedimiento inspector, siendo correcto lo que expones, no significa que no sea un intento válido de notificación el hecho de que en la personación se niegue a recibir el encargado la comunicación de inicio. Así lo entiendo yo.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.