Intereses de demora en el pago en especie

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4 años 6 días antes #129756 por AgenteDelFuturo
Según el 40.6 RGR: "6. Si se dictase acuerdo de aceptación, su eficacia quedará condicionada a la entrega o puesta a disposición de los bienes ofrecidos. De producirse esta en la forma establecida en el acuerdo de aceptación y en el plazo establecido en este reglamento, los efectos extintivos de la deuda se entenderán producidos desde la fecha de la solicitud.

En caso de aceptación del pago en especie, la deuda devengará interés de demora desde la finalización del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta que los bienes hayan sido entregados o puestos a disposición de la Administración con conocimiento de esta, pudiendo afectarse en el acuerdo de aceptación el bien dado en pago a la cancelación de dichos intereses de demora, de ser suficiente el valor del citado bien."


Puede declararse extinta la deuda y que siga devengando intereses hasta un momento posterior?

Agente de Hacienda OEP 2021

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4 años 6 días antes - 4 años 6 días antes #129764 por Seatleon 26
Respuesta de Seatleon 26 sobre el tema Intereses de demora en el pago en especie
Si no hay deuda.
¿Por que van a cobrar intereses?
Última Edición: 4 años 6 días antes por Seatleon 26.

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