148 y 149 LGT

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28 Oct 2021 14:34 #130118 por Pontelospapes
148 y 149 LGT Publicado por Pontelospapes
En un procedimiento de inspección iniciado el 3 de enero, por IRPF 2012
- si la inspección modifica la extensión el 1 de abril para incluir IRPF 2013 con alcance parcial, según un supuesto de Preparando Tributario tiene 15 días desde la notificación de la modificación para pedir la ampliación del alcance, y literalmente dice "al haberse iniciado el 1 de abril actuaciones inspectoras de carácter parcial...". ¿Parece sugerir que para IRPF 2013 el inicio no es el 3 de enero?
- también pregunta si, en el caso de reducir el alcance de general a parcial, podría el OT pedir que se amplíe, y responde que no porque son 15 días desde la notificación de inicio. :unsure: ¿Pero entonces podría la inspección iniciar general, reducir a parcial y el OT no podría decir nada por el 149 LGT?

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28 Oct 2021 15:57 - 28 Oct 2021 15:57 #130120 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema 148 y 149 LGT
A lo primero:

Artículo 150
2. El plazo del procedimiento inspector se contará desde la fecha de notificación al obligado tributario de su inicio hasta que se notifique o se entienda notificado el acto administrativo resultante del mismo. A efectos de entender cumplida la obligación de notificar y de computar el plazo de resolución será suficiente acreditar que se ha realizado un intento de notificación que contenga el texto íntegro de la resolución.

En la comunicación de inicio del procedimiento inspector se informará al obligado tributario del plazo que le resulte aplicable.

En el caso de que las circunstancias a las que se refiere la letra b) del apartado anterior se aprecien durante el desarrollo de las actuaciones inspectoras el plazo será de 27 meses, contados desde la notificación de la comunicación de inicio, lo que se pondrá en conocimiento del obligado tributario.

El plazo será único para todas las obligaciones tributarias y periodos que constituyan el objeto del procedimiento inspector, aunque las circunstancias para la determinación del plazo sólo afecten a algunas de las obligaciones o periodos incluidos en el mismo, salvo el supuesto de desagregación previsto en el apartado 3.

A efectos del cómputo del plazo del procedimiento inspector no será de aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 104 de esta Ley respecto de los periodos de interrupción justificada ni de las dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la Administración.


Por lo que entiendo que el plazo, al menos a efectos de computar la caducidad del procedimiento inspector, empieza el 3 de enero para todas las obligaciones comprobadas, aunque no se incluya alguna de ellas en la extensión del procedimiento hasta más adelante. Aunque tiene sentido que a efectos del artículo 149 LGT, se tome como notificación del inicio de las actuaciones de carácter parcial la notificación de modificación de la extensión.

A lo segundo:

No me lo había planteado nunca, pero de la normativa parece seguirse lo que dices. Aunque no creo que los tribunales permitieran que la AEAT empezara a usar esa táctica para evitar que los obligados pudieran solicitar una inspección de carácter general.

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Última Edición: 28 Oct 2021 15:57 por Witty.
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28 Oct 2021 16:08 #130122 por Pontelospapes
Respuesta de Pontelospapes sobre el tema 148 y 149 LGT

Witty wrote: A lo primero:

Artículo 150
2. El plazo del procedimiento inspector se contará desde la fecha de notificación al obligado tributario de su inicio hasta que se notifique o se entienda notificado el acto administrativo resultante del mismo. A efectos de entender cumplida la obligación de notificar y de computar el plazo de resolución será suficiente acreditar que se ha realizado un intento de notificación que contenga el texto íntegro de la resolución.

En la comunicación de inicio del procedimiento inspector se informará al obligado tributario del plazo que le resulte aplicable.

En el caso de que las circunstancias a las que se refiere la letra b) del apartado anterior se aprecien durante el desarrollo de las actuaciones inspectoras el plazo será de 27 meses, contados desde la notificación de la comunicación de inicio, lo que se pondrá en conocimiento del obligado tributario.

El plazo será único para todas las obligaciones tributarias y periodos que constituyan el objeto del procedimiento inspector, aunque las circunstancias para la determinación del plazo sólo afecten a algunas de las obligaciones o periodos incluidos en el mismo, salvo el supuesto de desagregación previsto en el apartado 3.

A efectos del cómputo del plazo del procedimiento inspector no será de aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 104 de esta Ley respecto de los periodos de interrupción justificada ni de las dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la Administración.


Por lo que entiendo que el plazo, al menos a efectos de computar la caducidad del procedimiento inspector, empieza el 3 de enero para todas las obligaciones comprobadas, aunque no se incluya alguna de ellas en la extensión del procedimiento hasta más adelante. Aunque tiene sentido que a efectos del artículo 149 LGT, se tome como notificación del inicio de las actuaciones de carácter parcial la notificación de modificación de la extensión.

A lo segundo:

No me lo había planteado nunca, pero de la normativa parece seguirse lo que dices. Aunque no creo que los tribunales permitieran que la AEAT empezara a usar esa táctica para evitar que los obligados pudieran solicitar una inspección de carácter general.


1° que muchas gracias por responder.
2° con respecto a lo del 150 LGT yo he pensado lo mismo, esa forma de explicarse en Preparando Tributario me ha parecido un poco confusa.
3 ° Y ya lo que me chirría es que si según esto se toma esa notificación de la modificación de la extensión como inicio del plazo para pedir ampliar el alcance, por qué si pasa de general a parcial no se hace lo mismo? Si le das el derecho por el 149 LGT y permite que no pierda ese derecho al modificar la extensión debería permitirlo para las dos cosas. :blink:

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28 Oct 2021 16:58 - 28 Oct 2021 16:59 #130127 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema 148 y 149 LGT
¿Que supuesto es? Me suenan las preguntas pero no me suena la primera respuesta que has puesto. Es para echarle un ojo.

De todas formas preparando tributario tiene preguntas mal.
Última Edición: 28 Oct 2021 16:59 por Lupin_3rd.

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28 Oct 2021 17:09 - 28 Oct 2021 17:10 #130129 por Pontelospapes
Respuesta de Pontelospapes sobre el tema 148 y 149 LGT

Lupin_3rd wrote: ¿Que supuesto es? Me suenan las preguntas pero no me suena la primera respuesta que has puesto. Es para echarle un ojo.

De todas formas preparando tributario tiene preguntas mal.

Es de los simulacros de examen volumen I y II, simulacro 7, enunciado 2, apartado 13 (hay que leer también el pie de página).

Sabes cuáles tiene mal?

Y ya que estamos, sigo preguntando : no hay límite para que la inspección modifique el alcance o extensión? En CL(164 RGAT) y VD (155 RGAT) se menciona "con carácter previo a la apertura del trámite de alegaciones", pero en inspección no he visto nada más específico que "en el curso del procedimiento" (178 RGAT)

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Última Edición: 28 Oct 2021 17:10 por Pontelospapes.

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28 Oct 2021 17:25 #130130 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema 148 y 149 LGT

Pontelospapes wrote:

Lupin_3rd wrote: ¿Que supuesto es? Me suenan las preguntas pero no me suena la primera respuesta que has puesto. Es para echarle un ojo.

De todas formas preparando tributario tiene preguntas mal.

Es de los simulacros de examen volumen I y II, simulacro 7, enunciado 2, apartado 13 (hay que leer también el pie de página).

Sabes cuáles tiene mal?

Y ya que estamos, sigo preguntando : no hay límite para que la inspección modifique el alcance o extensión? En CL(164 RGAT) y VD (155 RGAT) se menciona "con carácter previo a la apertura del trámite de alegaciones", pero en inspección no he visto nada más específico que "en el curso del procedimiento" (178 RGAT)


Debo tener una versión antigua de los supuestos porque no me coincide ese supuesto. El caso es que me suenan esas preguntas y también me suena que la respuesta que daba era que no en los dos casos. Pero igual estoy equivocado. Si estos días veo algo ya escribiré.

En cuanto a los errores igual se deben a que mi versión está anticuada. Los he ido sacando mientras repasaba. Tampoco son muchos pero ahora no se decirte. Si que recuerdo que en los examenes resueltos de otros años tiene errores. Principalmente en los primeros.

Un saludo.
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28 Oct 2021 17:49 #130131 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema 148 y 149 LGT

Pontelospapes wrote:

Lupin_3rd wrote: ¿Que supuesto es? Me suenan las preguntas pero no me suena la primera respuesta que has puesto. Es para echarle un ojo.

De todas formas preparando tributario tiene preguntas mal.

Es de los simulacros de examen volumen I y II, simulacro 7, enunciado 2, apartado 13 (hay que leer también el pie de página).

Sabes cuáles tiene mal?

Y ya que estamos, sigo preguntando : no hay límite para que la inspección modifique el alcance o extensión? En CL(164 RGAT) y VD (155 RGAT) se menciona "con carácter previo a la apertura del trámite de alegaciones", pero en inspección no he visto nada más específico que "en el curso del procedimiento" (178 RGAT)


Aunque la normativa no establezca expresamente un límite, la modificación del alcance o la extensión tendrá que hacerse antes del trámite de audiencia previo a la firma del acta, ya que de lo contrario se produciría indefensión al no poder alegar el contribuyente sobre las obligaciones o los elementos de la misma que se hayan incluido tras el trámite de audiencia.

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28 Oct 2021 18:20 #130133 por Pontelospapes
Respuesta de Pontelospapes sobre el tema 148 y 149 LGT

Lupin_3rd wrote:

Pontelospapes wrote:

Lupin_3rd wrote: ¿Que supuesto es? Me suenan las preguntas pero no me suena la primera respuesta que has puesto. Es para echarle un ojo.

De todas formas preparando tributario tiene preguntas mal.

Es de los simulacros de examen volumen I y II, simulacro 7, enunciado 2, apartado 13 (hay que leer también el pie de página).

Sabes cuáles tiene mal?

Y ya que estamos, sigo preguntando : no hay límite para que la inspección modifique el alcance o extensión? En CL(164 RGAT) y VD (155 RGAT) se menciona "con carácter previo a la apertura del trámite de alegaciones", pero en inspección no he visto nada más específico que "en el curso del procedimiento" (178 RGAT)


Debo tener una versión antigua de los supuestos porque no me coincide ese supuesto. El caso es que me suenan esas preguntas y también me suena que la respuesta que daba era que no en los dos casos. Pero igual estoy equivocado. Si estos días veo algo ya escribiré.

En cuanto a los errores igual se deben a que mi versión está anticuada. Los he ido sacando mientras repasaba. Tampoco son muchos pero ahora no se decirte. Si que recuerdo que en los examenes resueltos de otros años tiene errores. Principalmente en los primeros.

Un saludo.


no enseño todo el enunciado porque no sé si se puede, pero empieza así. Igual lo tienes más para adelante o más para atrás. Yo esta versión la compré este año algo antes de verano (si no recuerdo mal).
Y las preguntas son:
- si puede solicitar ampliación de alcance y extensión (esta es la típica pregunta, con esto no hay dudas)
- y si una vez reducido por la inspección podría solicitar la ampliación a general del alcance, y la solución dice "no podrá ya que el OT deberá formular la solicitud en el plazo de 15 días desde la notificación del inicio de las actuaciones inspectoras de alcance parcial, por lo que se inadmitirá" y tiene un pie de página que dice " no obstante al haberse iniciado el 1 de abril actuaciones inspectoras de carácter parcial con respecto a una nueva obligación (IS 2013) el OT podrá formular la solicitud con respecto a dicha obligación en el plazo de 15 días ''

PD. Me acabo de dar cuenta de que yo he puesto IRPF en lugar de IS.

Un saludo y gracias por responder

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28 Oct 2021 19:04 #130137 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema 148 y 149 LGT

Pontelospapes wrote:

Lupin_3rd wrote:

Pontelospapes wrote:

Lupin_3rd wrote: ¿Que supuesto es? Me suenan las preguntas pero no me suena la primera respuesta que has puesto. Es para echarle un ojo.

De todas formas preparando tributario tiene preguntas mal.

Es de los simulacros de examen volumen I y II, simulacro 7, enunciado 2, apartado 13 (hay que leer también el pie de página).

Sabes cuáles tiene mal?

Y ya que estamos, sigo preguntando : no hay límite para que la inspección modifique el alcance o extensión? En CL(164 RGAT) y VD (155 RGAT) se menciona "con carácter previo a la apertura del trámite de alegaciones", pero en inspección no he visto nada más específico que "en el curso del procedimiento" (178 RGAT)


Debo tener una versión antigua de los supuestos porque no me coincide ese supuesto. El caso es que me suenan esas preguntas y también me suena que la respuesta que daba era que no en los dos casos. Pero igual estoy equivocado. Si estos días veo algo ya escribiré.

En cuanto a los errores igual se deben a que mi versión está anticuada. Los he ido sacando mientras repasaba. Tampoco son muchos pero ahora no se decirte. Si que recuerdo que en los examenes resueltos de otros años tiene errores. Principalmente en los primeros.

Un saludo.


no enseño todo el enunciado porque no sé si se puede, pero empieza así. Igual lo tienes más para adelante o más para atrás. Yo esta versión la compré este año algo antes de verano (si no recuerdo mal).
Y las preguntas son:
- si puede solicitar ampliación de alcance y extensión (esta es la típica pregunta, con esto no hay dudas)
- y si una vez reducido por la inspección podría solicitar la ampliación a general del alcance, y la solución dice "no podrá ya que el OT deberá formular la solicitud en el plazo de 15 días desde la notificación del inicio de las actuaciones inspectoras de alcance parcial, por lo que se inadmitirá" y tiene un pie de página que dice " no obstante al haberse iniciado el 1 de abril actuaciones inspectoras de carácter parcial con respecto a una nueva obligación (IS 2013) el OT podrá formular la solicitud con respecto a dicha obligación en el plazo de 15 días ''

PD. Me acabo de dar cuenta de que yo he puesto IRPF en lugar de IS.

Un saludo y gracias por responder


Ya lo he encontrado. En mi caso es otra numeración pero la respuesta es la misma. Y tengo apuntada la misma duda que tu... Jajajajajaja

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28 Oct 2021 20:51 #130140 por Pontelospapes
Respuesta de Pontelospapes sobre el tema 148 y 149 LGT

Lupin_3rd wrote:

Pontelospapes wrote:

Lupin_3rd wrote:

Pontelospapes wrote:

Lupin_3rd wrote: ¿Que supuesto es? Me suenan las preguntas pero no me suena la primera respuesta que has puesto. Es para echarle un ojo.

De todas formas preparando tributario tiene preguntas mal.

Es de los simulacros de examen volumen I y II, simulacro 7, enunciado 2, apartado 13 (hay que leer también el pie de página).

Sabes cuáles tiene mal?

Y ya que estamos, sigo preguntando : no hay límite para que la inspección modifique el alcance o extensión? En CL(164 RGAT) y VD (155 RGAT) se menciona "con carácter previo a la apertura del trámite de alegaciones", pero en inspección no he visto nada más específico que "en el curso del procedimiento" (178 RGAT)


Debo tener una versión antigua de los supuestos porque no me coincide ese supuesto. El caso es que me suenan esas preguntas y también me suena que la respuesta que daba era que no en los dos casos. Pero igual estoy equivocado. Si estos días veo algo ya escribiré.

En cuanto a los errores igual se deben a que mi versión está anticuada. Los he ido sacando mientras repasaba. Tampoco son muchos pero ahora no se decirte. Si que recuerdo que en los examenes resueltos de otros años tiene errores. Principalmente en los primeros.

Un saludo.


no enseño todo el enunciado porque no sé si se puede, pero empieza así. Igual lo tienes más para adelante o más para atrás. Yo esta versión la compré este año algo antes de verano (si no recuerdo mal).
Y las preguntas son:
- si puede solicitar ampliación de alcance y extensión (esta es la típica pregunta, con esto no hay dudas)
- y si una vez reducido por la inspección podría solicitar la ampliación a general del alcance, y la solución dice "no podrá ya que el OT deberá formular la solicitud en el plazo de 15 días desde la notificación del inicio de las actuaciones inspectoras de alcance parcial, por lo que se inadmitirá" y tiene un pie de página que dice " no obstante al haberse iniciado el 1 de abril actuaciones inspectoras de carácter parcial con respecto a una nueva obligación (IS 2013) el OT podrá formular la solicitud con respecto a dicha obligación en el plazo de 15 días ''

PD. Me acabo de dar cuenta de que yo he puesto IRPF en lugar de IS.

Un saludo y gracias por responder


Ya lo he encontrado. En mi caso es otra numeración pero la respuesta es la misma. Y tengo apuntada la misma duda que tu... Jajajajajaja


Jaja nos ha descolocado a todos

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29 Oct 2021 00:32 #130143 por Divina
Respuesta de Divina sobre el tema 148 y 149 LGT
No os fiéis de preparando tributario, yo he podido comprobar con un inspector de hacienda respuestas de un mismo examen y hay algunas mal.

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29 Oct 2021 08:05 #130144 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema 148 y 149 LGT

Divina wrote: No os fiéis de preparando tributario, yo he podido comprobar con un inspector de hacienda respuestas de un mismo examen y hay algunas mal.


No te puedes fiar de ninguno creo yo. Hay que ser crítico cuando miras supuestos resueltos. Por ejemplo la solución, creo que del CEF que se subió aquí del examen del año pasado tiene al menos una pregunta que no es correcta.

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29 Oct 2021 08:32 #130146 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema 148 y 149 LGT
Como dice Lupin, en casi todas las propuestas de solución, con independencia de quién las elabore, hay errores. En su día, detecté unos pocos en Preparando Tributario y seguramente se me pasó alguno. Con todo, me resultaron muy útiles sus supuestos y yo diría que en general están bien respondidos.

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29 Oct 2021 09:37 #130148 por Pontelospapes
Respuesta de Pontelospapes sobre el tema 148 y 149 LGT

Witty wrote: Como dice Lupin, en casi todas las propuestas de solución, con independencia de quién las elabore, hay errores. En su día, detecté unos pocos en Preparando Tributario y seguramente se me pasó alguno. Con todo, me resultaron muy útiles sus supuestos y yo diría que en general están bien respondidos.

Eran de los únicos que me fiaba un poco xD aunque ahora lo miraré con algún ojo extra.

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29 Oct 2021 09:38 #130149 por Pontelospapes
Respuesta de Pontelospapes sobre el tema 148 y 149 LGT

Lupin_3rd wrote:

Divina wrote: No os fiéis de preparando tributario, yo he podido comprobar con un inspector de hacienda respuestas de un mismo examen y hay algunas mal.


No te puedes fiar de ninguno creo yo. Hay que ser crítico cuando miras supuestos resueltos. Por ejemplo la solución, creo que del CEF que se subió aquí del examen del año pasado tiene al menos una pregunta que no es correcta.

Yo miré la solución de MMoron en sus web y tiene al menos mal calculada la deducción de maternidad...

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