Hola, alguien puede poner un ejemplo del siguiente articulo? ¿Qué diferencia hay con la solicitud de devolución por las cuotas soportadas por operaciones realizadas en el territorio de aplicación del impuesto? gracias por adelantado
Artículo 117 bis.
Los empresarios o profesionales que estén establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, solicitarán la devolución de las cuotas soportadas por adquisiciones o importaciones de bienes o servicios efectuadas en la Comunidad, con excepción de las realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto, mediante la presentación por vía electrónica de una solicitud a través de los formularios dispuestos al efecto en el portal electrónico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.