Hola!
Planteo una duda sobre la valoración de acciones propias:
Una sociedad liquida el una crédito a corto plazo de importe 85.000€ con la entrega de 50.000 acciones que poseía el deudor y cuyo precio de adquisición, para éste, fue de 80.000 euros.
Sabiendo que el nominal de las acciones de la sociedad es 0,5€, ¿la autocartera debería darse de alta por 0,5€/acción y el resto a reservas, o debería darse de alta por 0,5€ y el resto a prima de emisión?
Quizá hay alguien que ve otra opción viable.
Gracias y ánimo con lo que queda!!