Ley 8/1989, de 13 de abril: Tasas. Artículo 15 (devengo), 16 (responsabilidad solidaria) y 19.3 (importe tasa)

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23 Dic 2021 12:10 - 24 Dic 2021 09:04 #132416 por Pilar
Buenas! Alguien puede aclararme lo siguiente?:

- Articulo 15LTPP: Las tasas podrán devengarse:
b) cuando se presente la solicitud que inicie la actuación o el expediente, que no se realizará o tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente. (¿Cuál seria un ejemplo de tasas en las que se dé este caso?)

- Articulo 16LTPP: Responderán solidariamente de las tasas las entidades o sociedades aseguradoras de riesgos que motiven actuaciones o servicios administrativos que constituyan el hecho imponible de una tasa. (¿Qué significa que motiven actuaciones o servicios administrativos?)

-Art 19.3 LTPP: Para la determinación del importe de las tasas, se tomarán en consideración los costes directos e indirectos, inclusive los de carácter financiero, amortización del inmovilizado y, en su caso, los necesarios para garantizar el mantenimiento y un desarrollo razonable del servicio o actividad por cuya prestación o realización se exige la tasa, todo ello con independencia del presupuesto con cargo al cual se satisfagan. (¿A que presupuesto se refiere?)
Última Edición: 24 Dic 2021 09:04 por webmaster.

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