Buenas, alguien puede explicarme que significa lo que esta subrayado:
También son bienes privativos:
- Acciones o participaciones sociales suscritas como consecuencia de la titularidad de otros privativos (1352CC)
- Las sumas cobradas por plazos vencidos derivados de créditos que pertenezcan privativamente a uno de los cónyuges. (1348CC)
Los bienes gananciales responderán también de las deudas de un cónyuge que sean además deudas de la sociedad, con carácter solidario. (¿Cuál es un ejemplo de deudas conjuntas de la sociedad y cónyuge?) (art 1369CC)