- Mensajes: 315
- Gracias recibidas: 216
Desafortunadamente creo que la opción que planteas no sirve. Necesitas estar en servicios efectivos 2 años en una plaza de C1 y tu si tomas posesión y coges excedencia por servicios en otras administraciones públicas te vas a una plaza de otra categoría A2 (ya no cumples con estar en C1) y además de interino o sea no ocupas plaza de funcionario....... No soy experta en el tema pero creo que has de buscar otra alternativa porque esa no te va a servir...... Vas a tener que dejar la plaza de técnico en la Generalitat y ocupar la de Agente y esperar 2 años para ir por interna. La otra opción sería que te prepares por libre mientras permaneces en la plaza de interino de A2 en la Generalitat........Dustin wrote: Gracias por tus respuestas.
Mi situación exacta es Funcionario interino A2 en la Generalitat de Cat ( 32.000 euros brutos/año).
Esta plaza saldrá a Oposición. Puedo yo perder la plaza porque soy interino.
Ahora en enero 2022 he aprobado Ahp.
Me interesa TOMAR POSESIÓN de Ahp para ir por PROMOCIÓN INTERNA a THP. Para ello necesito SERVICIO EFECTIVO 2 años como Ahp.
Pero leyendo EBEP art 88.3 , interpreto que PUEDO TOMAR POSESIÓN de AHP en Agosto-sept 2022, pedir EXCEDENCIA POR SERVICIOS EN OTRAS ADMONS PÚBLICAS, y seguir donde estoy ahora porque EL SALARIO ES MAYOR.
Pero no sé si me contarían para los 2 años .
Mi OBJETIVO es ir por PROMOCIÓN INTERNA a THP, pero no quiero perder mi plaza de interino en la Generalitat porque cobro más dinero que como Ahp.
La plaza de interino de la Generalitat la puedo perder en el futuro.
En el futuro quiero ser THP.
Gracias compis.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Disculpa pero me acabo de acordar de lo que ha dicho un compañero......El "Servicio en otras Administraciones Públicas" no se puede aplicar entre una plaza de interino y otra de funcionario de carrera. Sólo vale entre plazas de "funcionario de carrera"...... Sólo tienes 2 opciones:Dustin wrote: Muchas gracias a tod@s por vuestra ayuda.
Entiendo que al TOMAR POSESIÓN de AHP como Funcionario de Carrera C1, al yo ser Funcionario Interino en la Generalitat , perderé este interinaje.
Entiendo que No puedo aplicar EBEP art 88.3 porque en la Generalitat solo tengo un interinaje que perderé al Tomar Posesión de Ahp.
Si lo estoy entendiendo bien.
Gracias a tod@s por ayudarme, lo sigo valorando durante el próximo mes.
Gracias compis.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Dustin wrote: Hola Espartano,
enhorabuena por tu aprobado.
Fuentes muy fiables me han indicado en 2021 salario bruto de un Ahp , antes de reclasificar, sumando todo Peia, Campaña renta,... 25.631 euros brutos.
En 2022 suben un 2 por ciento.
Cuando nos reclasifiquen en marzo del 2024, cuenta unos 100 euros adicionales cada mes.
Un saludo compi.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Sí se cobra.Dustin wrote: Hola Mgn , gracias por tu respuesta.
Una pregunta :
En este mes de permiso, no se cobran retribuciones, pero si cotizamos a la Seg Social y cuenta para trienios ?
Suerte compis.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Espartano wrote:
CSHI22 wrote:
Sí se cobra.Dustin wrote: Hola Mgn , gracias por tu respuesta.
Una pregunta :
En este mes de permiso, no se cobran retribuciones, pero si cotizamos a la Seg Social y cuenta para trienios ?
Suerte compis.
Los días sin sueldo van por otro lado y pueden ser hasta 3 meses (no sé exactamente número de días) cada 2 años.
Sin ánimo de desvirtuar el hilo, ¿hay algún sitio donde mirar el tema de los permisos/licencias no retribuidos , los moscosos y cuando hay que cogerse las vacaciones, dias que tienes,etc?
Me refiero a nivel interno de la Agencia.
Un saludo.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Dustin wrote: Muchas gracias por tu amable respuesta CSHI22.
Mi prioridad es TELETRABAJO. Me toca Barcelona, yo vivo en Bcn.
Qué es mejor que pida la Delegación Letamendi, o es igual si pido la Admon de al lado de mi casa ? Para yo tener más días de TELETRABAJO.
Gracias compis.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Espartano wrote:
CSHI22 wrote:
Dustin wrote: Muchas gracias por tu amable respuesta CSHI22.
Ahora bien, cuando se regule el teletrabajo, si se regula, creo que habrá el mismo sea cual sea el destino.
Espero que durante este año se regule y por tanto cuando toméis posesion y podáis acceder al teletrabajo lo normal será que esté regulado.
¿Pero es a partir del año, no? ¿A la gente que entra nueva se lo dan?
Los que entraron en la última promoción estuvieron unos meses (5 o 6 creo recordar) con presencia obligatoria todos los días, sin posibilidad de teletrabajo. Lo que no sé si esa norma fue provisional o la seguirán aplicando para nuevas incorporaciones.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
No sé exactamente el tiempo y tendrán que regularlo también cuando el teletrabajo quede realmente establecido con sus condiciones y esas cosas.Espartano wrote: ¿Pero es a partir del año, no? ¿A la gente que entra nueva se lo dan?
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
mpa89 wrote: Buenas, tengo una duda mi intención es promocionar a técnico dentro de unos años pero en caso de conseguir el destino que me gusta, si me presento a técnico tengo alguna ventaja para poder quedarme en el sitio donde estoy o me tocaría perder ese puesto....es decir si consigo Valencia y mi intención es quedarme allí pero apruebo técnicos me tocaría irme a Barcelona? Con independencia de que los cursos iniciales se hagan en Madrid o Barcelona....podría seguir estando en Valencia siendo técnico?
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.