Siendo Agente AHP, ¿qué ventajas hay por presentarse a la oposición de Técnicos THAC por Promoción Interna respecto a Turno Libre?

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18 Ene 2022 19:08 #133833 por Coguay

Dustin wrote: Gracias por tus respuestas.

Mi situación exacta es Funcionario interino A2 en la Generalitat de Cat ( 32.000 euros brutos/año).
Esta plaza saldrá a Oposición. Puedo yo perder la plaza porque soy interino.
Ahora en enero 2022 he aprobado Ahp.

Me interesa TOMAR POSESIÓN de Ahp para ir por PROMOCIÓN INTERNA a THP. Para ello necesito SERVICIO EFECTIVO 2 años como Ahp.
Pero leyendo EBEP art 88.3 , interpreto que PUEDO TOMAR POSESIÓN de AHP en Agosto-sept 2022, pedir EXCEDENCIA POR SERVICIOS EN OTRAS ADMONS PÚBLICAS, y seguir donde estoy ahora porque EL SALARIO ES MAYOR.

Pero no sé si me contarían para los 2 años .

Mi OBJETIVO es ir por PROMOCIÓN INTERNA a THP, pero no quiero perder mi plaza de interino en la Generalitat porque cobro más dinero que como Ahp.
La plaza de interino de la Generalitat la puedo perder en el futuro.
En el futuro quiero ser THP.


Gracias compis.

Desafortunadamente creo que la opción que planteas no sirve. Necesitas estar en servicios efectivos 2 años en una plaza de C1 y tu si tomas posesión y coges excedencia por servicios en otras administraciones públicas te vas a una plaza de otra categoría A2 (ya no cumples con estar en C1) y además de interino o sea no ocupas plaza de funcionario....... No soy experta en el tema pero creo que has de buscar otra alternativa porque esa no te va a servir...... Vas a tener que dejar la plaza de técnico en la Generalitat y ocupar la de Agente y esperar 2 años para ir por interna. La otra opción sería que te prepares por libre mientras permaneces en la plaza de interino de A2 en la Generalitat........

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18 Ene 2022 19:29 #133835 por Coguay

Dustin wrote: Muchas gracias a tod@s por vuestra ayuda.

Entiendo que al TOMAR POSESIÓN de AHP como Funcionario de Carrera C1, al yo ser Funcionario Interino en la Generalitat , perderé este interinaje.
Entiendo que No puedo aplicar EBEP art 88.3 porque en la Generalitat solo tengo un interinaje que perderé al Tomar Posesión de Ahp.

Si lo estoy entendiendo bien.

Gracias a tod@s por ayudarme, lo sigo valorando durante el próximo mes.

Gracias compis.

Disculpa pero me acabo de acordar de lo que ha dicho un compañero......El "Servicio en otras Administraciones Públicas" no se puede aplicar entre una plaza de interino y otra de funcionario de carrera. Sólo vale entre plazas de "funcionario de carrera"...... Sólo tienes 2 opciones:
1. Te quedas en la plaza de interino y pierdes la de Agente.
2. Tomás posesión en Agente y permaneces en ella porque no hay ninguna excedencia que te permita ir a la de interino sin perder la de Agente. En este caso perderás la de interino.
Es lo que me pasó a mi en el año 2007. Todo se debe a un decreto de 2005 ó 2006 a partir del cual no se pueden compatibilizar 2 plazas siendo una de interino y la otra de funcionario de carrera.......... Antes de esa fecha se podía. Lo hicieron porque se quedaban vacantes muchas plazas en el Estado por esa causa.......
Mi recomendación es que no corras riesgos y cojas Agentes, no sea que te falle la interinidad de la Generalitat y al final te quedes sin nada...... Yo también tuve que dejar una de A2 de interina e irme a ocupar una de carrera de auxiliar C2 por ese Decreto......

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20 Ene 2022 11:53 - 20 Ene 2022 12:59 #133961 por jos

Dustin wrote: Hola Espartano,

enhorabuena por tu aprobado.
Fuentes muy fiables me han indicado en 2021 salario bruto de un Ahp , antes de reclasificar, sumando todo Peia, Campaña renta,... 25.631 euros brutos.
En 2022 suben un 2 por ciento.
Cuando nos reclasifiquen en marzo del 2024, cuenta unos 100 euros adicionales cada mes.

Un saludo compi.


Mis brutos de 2021. Total: 28.000€ clavaos. A eso súmales en mi caso personal unos 1.400 de dietas (que no aparecen ahí porque están exentas de IRPF). De campaña de renta (que efectivamente no se la dan todo el mundo) fueron en 2021 unos 1.200€.

*Reclasificación desde 1 de marzo 2021. La nómina de este enero 2022 (que se acaba de publicar) son unos 110€ más brutos (con ya reclasificación y actualización del 2%)
Última Edición: 20 Ene 2022 12:59 por jos.
El siguiente usuario dijo gracias: tiroriro, Espartano, Valentina83, Pontelospapes, Itachi

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20 Ene 2022 15:43 #133988 por CSHI22

Dustin wrote: Hola Mgn , gracias por tu respuesta.

Una pregunta :
En este mes de permiso, no se cobran retribuciones, pero si cotizamos a la Seg Social y cuenta para trienios ?

Suerte compis.

Sí se cobra.
Los días sin sueldo van por otro lado y pueden ser hasta 3 meses (no sé exactamente número de días) cada 2 años.

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20 Ene 2022 17:34 #133996 por Witty

Espartano wrote:

CSHI22 wrote:

Dustin wrote: Hola Mgn , gracias por tu respuesta.

Una pregunta :
En este mes de permiso, no se cobran retribuciones, pero si cotizamos a la Seg Social y cuenta para trienios ?

Suerte compis.

Sí se cobra.
Los días sin sueldo van por otro lado y pueden ser hasta 3 meses (no sé exactamente número de días) cada 2 años.


Sin ánimo de desvirtuar el hilo, ¿hay algún sitio donde mirar el tema de los permisos/licencias no retribuidos , los moscosos y cuando hay que cogerse las vacaciones, dias que tienes,etc?

Me refiero a nivel interno de la Agencia.

Un saludo.


En la Oficina Virtual del Personal tienes colgada toda esa información. Hay una lista larga de documentos donde te van explicando los distintos permisos y licencias. Aunque la casuística es infinita y siempre surgen cosas que o no están claras o no aparecen. Pero puedes escribir a RRHH y te resuelven la duda.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
El siguiente usuario dijo gracias: Espartano

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20 Ene 2022 19:01 #133998 por CSHI22

Dustin wrote: Muchas gracias por tu amable respuesta CSHI22.

Mi prioridad es TELETRABAJO. Me toca Barcelona, yo vivo en Bcn.
Qué es mejor que pida la Delegación Letamendi, o es igual si pido la Admon de al lado de mi casa ? Para yo tener más días de TELETRABAJO.

Gracias compis.


Depende.
El teletrabajo como tal está sin regular y de momento van dando palos de ciego.

Con carácter general lo normal de momento (por tema COVID) es que haya más teletrabajo en los puestos en que no es necesaria la atención al público. Eso puede ser Delegación, aunque no tiene por qué.
Me explico: en la Administración tendrás atención al público si o si. En la Delegación dependerá más del puesto concreto.

Ahora bien, cuando se regule el teletrabajo, si se regula, creo que habrá el mismo sea cual sea el destino.
Espero que durante este año se regule y por tanto cuando toméis posesion y podáis acceder al teletrabajo lo normal será que esté regulado.

Vamos, que es difícil contestarte a cómo será el teletrabajo como tal porque sólo hemos vivido teletrabajos por COVID.
Y hemos pasado del completo (en el confinamiento) a ir a la oficina solo a atender al público cuando tocaba a luego ir 1 día, luego 2, luego otra vez solo cuando toca el público, luego 3 días, luego 4, luego 4 y otra semana 3 y otra 4…
Un lío vaya.

Ejemplo de lo bien montado que está todo.
El 21 de diciembre resolucion: todos a casa. Solo presencialidad para atender al público. En vigor hasta el 10 de enero.

Y ya está. Desde entonces silencio. No hay más resoluciones, no hay mas nada. Seguimos en teletrabajo porque.. pues no se bien por qué, pero no dicen nada. La semana que viene dios dirá, lo mismo es presencial, lo mismo no, lo mismo hay que ir 2 días, 3.. lo que sea!

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21 Ene 2022 10:05 #134031 por jos

Espartano wrote:

CSHI22 wrote:

Dustin wrote: Muchas gracias por tu amable respuesta CSHI22.
Ahora bien, cuando se regule el teletrabajo, si se regula, creo que habrá el mismo sea cual sea el destino.
Espero que durante este año se regule y por tanto cuando toméis posesion y podáis acceder al teletrabajo lo normal será que esté regulado.


¿Pero es a partir del año, no? ¿A la gente que entra nueva se lo dan?


Los que entraron en la última promoción estuvieron unos meses (5 o 6 creo recordar) con presencia obligatoria todos los días, sin posibilidad de teletrabajo. Lo que no sé si esa norma fue provisional o la seguirán aplicando para nuevas incorporaciones.

El siguiente usuario dijo gracias: Espartano

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21 Ene 2022 10:24 #134037 por CSHI22

Espartano wrote: ¿Pero es a partir del año, no? ¿A la gente que entra nueva se lo dan?

No sé exactamente el tiempo y tendrán que regularlo también cuando el teletrabajo quede realmente establecido con sus condiciones y esas cosas.
De todas formas por eso he puesto cuando podáis acceder a él, que no será cuando toméis posesión. Osea primero tomáis posesión y después, cuando podáis acceder, espero que ya esté regulado.
Siento si me he explicado mal
El siguiente usuario dijo gracias: Espartano

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  • mpa89
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21 Ene 2022 13:29 #134056 por mpa89
Buenas, tengo una duda mi intención es promocionar a técnico dentro de unos años pero en caso de conseguir el destino que me gusta, si me presento a técnico tengo alguna ventaja para poder quedarme en el sitio donde estoy o me tocaría perder ese puesto....es decir si consigo Valencia y mi intención es quedarme allí pero apruebo técnicos me tocaría irme a Barcelona? Con independencia de que los cursos iniciales se hagan en Madrid o Barcelona....podría seguir estando en Valencia siendo técnico?

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  • lander
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21 Ene 2022 13:41 #134059 por lander

mpa89 wrote: Buenas, tengo una duda mi intención es promocionar a técnico dentro de unos años pero en caso de conseguir el destino que me gusta, si me presento a técnico tengo alguna ventaja para poder quedarme en el sitio donde estoy o me tocaría perder ese puesto....es decir si consigo Valencia y mi intención es quedarme allí pero apruebo técnicos me tocaría irme a Barcelona? Con independencia de que los cursos iniciales se hagan en Madrid o Barcelona....podría seguir estando en Valencia siendo técnico?


Si nadie me corrige siendo Agente, si promocionas te respetan la provincia donde estas destinado. Es decir que si estás en Valencia y promocionas a técnico, a lo más te pueden mover dentro de la misma provincia donde estés destinado.

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  • FJulian
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21 Ene 2022 15:54 #134073 por FJulian
Buenas,

normalmente, te respetan provincia y localidad, ahora bien como dice el compañero, solo están obligados a respetarte la provincia, por lo que cualquier año lo pueden cambiar. En Valencia no creo que tengas problema.

De THAC a IHE no te guardan nada, vas donde puedas elegir.

Un saludo,

Fco Julián, preparador THAC.

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23 Ene 2022 11:33 #134148 por Witty
Lo del permiso del mes es como dices: solo una vez y solo para el segundo ejercicio.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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