CONTA: Patrimonio neto a efectos de distribuir resultados

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18 Ene 2017 14:49 #30133 por george90
Patrimonio neto Publicado por george90
Cuando la junta aprueba el reparto del beneficio:

1. Para determinar si tengo que compensar perdidas, cuando comparo el P.N con el C.S, ese patrimonio neto no incluye la 129, pero las asignaciones a las demás partidas como reserva legal o reservas voluntarias las recoge? y también tengo que sumar los desembolsos pendientes?.

2. Para repartir dividendos vuelvo a comparar para ver cuanto es el máximo que puedo repartir, el P.N si recoge la 129 y tb tengo que sumar los desembolsos pendientes ?.

Me marea mucho el patrimonio neto. Gracias.

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  • algundia
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18 Ene 2017 15:00 #30135 por algundia
Respuesta de algundia sobre el tema Patrimonio neto

george90 wrote: Cuando la junta aprueba el reparto del beneficio:

1. Para determinar si tengo que compensar perdidas, cuando comparo el P.N con el C.S, ese patrimonio neto no incluye la 129, pero las asignaciones a las demás partidas como reserva legal o reservas voluntarias las recoge? y también tengo que sumar los desembolsos pendientes?.

2. Para repartir dividendos vuelvo a comparar para ver cuanto es el máximo que puedo repartir, el P.N si recoge la 129 y tb tengo que sumar los desembolsos pendientes ?.

Me marea mucho el patrimonio neto. Gracias.


1. Sí, se recogen las asignaciones a reserva legal etc., ya que van a permanecer el el PN y no se van a repartir. Los desembolsos pendientes los sumas, ya que el capital social incluye los desembolsos pendientes.

2. Una vez que has hecho el paso 1. Pongamos que te sale que el PN es menor que el capital social en 200.000. Si tienes un resultado de 300.000 (después de dotar las reservas que has tenido en cuenta en el punto 1), el dividendo máximo a repartir será de 100.000. No hace falta que vuelvas a comparar...

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18 Feb 2022 08:08 - 18 Feb 2022 18:46 #135479 por uriarg
Artículo 36 del Código de Comercio:

A los efectos de la distribución de beneficios, de la reducción obligatoria de capital social y de la disolución obligatoria por pérdidas de acuerdo con lo dispuesto en la regulación legal de las sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, se considerará patrimonio neto el importe que se califique como tal conforme a los criterios para confeccionar las cuentas anuales, incrementado en el importe del capital social suscrito no exigido, así como en el importe del nominal y de las primas de emisión o asunción del capital social suscrito que esté registrado contablemente como pasivo. También a los citados efectos, los ajustes por cambios de valor originados en operaciones de cobertura de flujos de efectivo pendientes de imputar a la cuenta de pérdidas y ganancias no se considerarán patrimonio neto.

Artículo 3.1 RICAC 05/03/2019

1. Patrimonio neto: constituye la parte residual de los activos de la empresa, una vez deducidos todos sus pasivos. Incluye las aportaciones realizadas, ya sea en el momento de la constitución de la sociedad o en otros posteriores, por sus socios o propietarios, que no tengan la consideración de pasivos, así como los resultados acumulados u otras variaciones que le afecten. Se entiende por resultados acumulados u otras variaciones que le afecten, los ingresos y gastos del ejercicio y de los ejercicios anteriores que no se hayan distribuido.

A los efectos de decidir si procede la distribución de beneficios, o determinar si concurre la causa de reducción obligatoria de capital social o de disolución obligatoria por pérdidas de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se considerará patrimonio neto el importe que se califique como tal conforme a los criterios para confeccionar las cuentas anuales, incrementado en el importe del capital social suscrito no exigido, así como en el importe del nominal y de las primas de emisión o asunción del capital social suscrito que esté registrado contablemente como pasivo. También a los citados efectos, los ajustes por cambios de valor originados en operaciones de cobertura de flujos de efectivo pendientes de imputar a la cuenta de pérdidas y ganancias no se considerarán patrimonio neto.

Los préstamos participativos se presentan en el pasivo del balance si cumplen la definición de pasivo incluida en el apartado 3 de este artículo, pero se considerarán patrimonio neto a los efectos de determinar si concurren las causas de reducción obligatoria de capital social o de disolución obligatoria por pérdidas reguladas en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Pregunta;

Las acciones y participaciones consideradas PF no se incluyen en el cálculo del P.Neto.
Sí que se incluyen en el cálculo del P.Neto a efectos distribuir resultado, etc...

¿Se incluyen los desembolsos no exigidos sobre las acciones y participaciones consideradas pasivo financiero?

Entiendo que no van restando al P.Neto calculado según cuentas anuales y que ya estan consideradas dentro de la partida de la cuenta (150) acciones y participaciones consideradas pasivo financiero por lo que no veo el sentido de incluirlas.

Saludos
Última Edición: 18 Feb 2022 18:46 por webmaster.

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18 Feb 2022 09:09 - 18 Feb 2022 09:09 #135480 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Patrimonio neto a efectos de distribuir resultados
Es como dices: a la hora de calcular el PN para distribuir resultado simplemente incluyes el importe de la 150 sin minorarlo en el de la 153, que es lo mismo que decir que incluyes el importe "neto de desembolsos no exigidos" de las acciones consideradas pasivo financiero incrementado en los desembolsos pendientes.

Cuando el Código de Comercio habla de incrementar en los desembolsos no exigidos lo que quiere decir es que no hay que incluir el patrimonio neto "neto de desembolsos no exigidos", sino "íntegro". También en la cuenta 100 está incluido el importe de los desembolsos no exigidos y por eso va restando el importe de la 1030, para "netear" el capital social de los desembolsos no exigidos. A la hora de calcular el PN para distribución de resultados no sumas la 1030 a la 100, sino que simplemente incluyes la 100 sin restar la 1030. Lo que ocurre es que si en lugar de ir formando el PN para distribución de resultado desde 0, partes del PN de las cuentas anuales, ahí ya se ha descontado la 1030, por lo que tienes que sumarla.

Algo similar sucede con las acciones consideradas como pasivo financiero: si incluyes directamente la 150 no tienes que sumar además la 153, pero si incluyes las acciones consideradas pasivo financiero "netas de desembolsos no exigidos" (que es el resultado de restar la 153 a la 150), tendrás que incrementar ese importe en el importe de la 153.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
Última Edición: 18 Feb 2022 09:09 por Witty.
El siguiente usuario dijo gracias: uriarg

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