Recargo ejecutivo autoliquidación presentada extemporáneamente sin ingresar la deuda

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08 Jul 2022 12:07 - 13 Jul 2022 08:17 #142653 por opomendi
Si el 26 de julio hacemos autoliquidación de IS del año anterior con resultado a ingresar de 1.000.000 de euros y no ingresamos nada, al día siguiente entra en periodo ejecutivo la deuda. El 26 de agosto ingresa 800.000 euros y el 26 de septiembre los otros 200.000 euros, todo ello sin que medie requerimiento de la admin, por lo tanto entiendo que a las dos cantidades habrá que aplicarles el recargo del 5% y sin intereses, ¿es así? Gracias de antemano compis!
Última Edición: 13 Jul 2022 08:17 por webmaster.

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08 Jul 2022 12:41 #142656 por Lucree
Respuesta de Lucree sobre el tema Recargo ejecutivo
Hola Opomendi,

En relación al recargo en periodo ejecutivo si, es así. Pero recuerda que también aplica el recargo del Art 27 por presentación extemporánea de una cuota a ingresar.
27.3 Lgt establece que si el interesado no realiza el ingreso justo con la autoliquidación o solicita aplazamiento, fraccionamiento, o compensación, no impedirá la aplicación de los recargos del 28.
Por lo que además se aplica el 1%de recargo.

Saludos!
El siguiente usuario dijo gracias: opomendi

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16 Ene 2023 20:14 #147948 por Faicila
Respuesta de Faicila sobre el tema Recargo ejecutivo
Hola,

Estoy empezando con las opos y he leído este post que me ha ayudado mucho. Pero me queda una aún...
Al no realizar el ingreso al momento de presenta la declaración de forma extemporánea, aparte del recargo del articulo 27 por dicha presentación fuera de plazo, también correspondería el recargo por el artículo 28 que será del 5, 10 o 20%, según el momento del pago. verdad?

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16 Ene 2023 20:16 #147949 por crisys
Respuesta de crisys sobre el tema Recargo ejecutivo

Faicila wrote: Hola,

Estoy empezando con las opos y he leído este post que me ha ayudado mucho. Pero me queda una aún...
Al no realizar el ingreso al momento de presenta la declaración de forma extemporánea, aparte del recargo del articulo 27 por dicha presentación fuera de plazo, también correspondería el recargo por el artículo 28 que será del 5, 10 o 20%, según el momento del pago. verdad?


El día siguiente en base al art 161.1b) lgt, empieza el periodo ejecutivo, por lo tanto corresponderá recargo del 28, según el momento de pago uno u otro

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16 Ene 2023 20:17 #147950 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Recargo ejecutivo

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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