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jos wrote: ¿Qué os parece?
a. En la sociedad comanditaria por acciones, el capital, se integrará por las aportaciones de todos los socios quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. F
b. Las sociedades comanditarias por acciones se regirán por su normativa específica y, en lo que no esté en ellas previsto, por lo establecido en esta ley para las sociedades anónimas. V
c. El capital de la sociedad de responsabilidad limitada no podrá ser inferior a sesenta mil euros y se expresará precisamente en esa moneda. F
d. En caso de discordancia entre el domicilio registral y el domicilio real de las sociedades de capital, los terceros podrán considerar como domicilio cualquiera de ellos. V
e. Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español sólo podrán abrir sucursales en territorio nacional. F
f. El acuerdo de creación de una página web corporativa deberá ser inscrito en el Registro Mercantil o bien ser notificado a todos los socios. F
g. Se entiende por sociedad unipersonal de responsabilidad limitada o anónima la constituida por un único socio que actúa como persona jurídica. F
h. Transcurridos tres meses desde la adquisición por la sociedad del carácter unipersonal sin que esta circunstancia se hubiere inscrito en el Registro Mercantil, el socio único responderá personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas
durante el período de unipersonalidad. F
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Opositor_enEllo wrote:
jos wrote: ¿Qué os parece?
a. En la sociedad comanditaria por acciones, el capital, se integrará por las aportaciones de todos los socios quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. F
b. Las sociedades comanditarias por acciones se regirán por su normativa específica y, en lo que no esté en ellas previsto, por lo establecido en esta ley para las sociedades anónimas. V
c. El capital de la sociedad de responsabilidad limitada no podrá ser inferior a sesenta mil euros y se expresará precisamente en esa moneda. F
d. En caso de discordancia entre el domicilio registral y el domicilio real de las sociedades de capital, los terceros podrán considerar como domicilio cualquiera de ellos. V
e. Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español sólo podrán abrir sucursales en territorio nacional. F
f. El acuerdo de creación de una página web corporativa deberá ser inscrito en el Registro Mercantil o bien ser notificado a todos los socios. F
g. Se entiende por sociedad unipersonal de responsabilidad limitada o anónima la constituida por un único socio que actúa como persona jurídica. F
h. Transcurridos tres meses desde la adquisición por la sociedad del carácter unipersonal sin que esta circunstancia se hubiere inscrito en el Registro Mercantil, el socio único responderá personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas
durante el período de unipersonalidad. F
La b por que es verdadera? Yo creo que se rigen por la LSC no? Lo pone en el artículo 1 de la ley.
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jos wrote: ¿Qué os parece?
a. En la sociedad comanditaria por acciones, el capital, se integrará por las aportaciones de todos los socios quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. F
b. Las sociedades comanditarias por acciones se regirán por su normativa específica y, en lo que no esté en ellas previsto, por lo establecido en esta ley para las sociedades anónimas. V
c. El capital de la sociedad de responsabilidad limitada no podrá ser inferior a sesenta mil euros y se expresará precisamente en esa moneda. F
d. En caso de discordancia entre el domicilio registral y el domicilio real de las sociedades de capital, los terceros podrán considerar como domicilio cualquiera de ellos. V
e. Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español sólo podrán abrir sucursales en territorio nacional. F
f. El acuerdo de creación de una página web corporativa deberá ser inscrito en el Registro Mercantil o bien ser notificado a todos los socios. F
g. Se entiende por sociedad unipersonal de responsabilidad limitada o anónima la constituida por un único socio que actúa como persona jurídica. F
h. Transcurridos tres meses desde la adquisición por la sociedad del carácter unipersonal sin que esta circunstancia se hubiere inscrito en el Registro Mercantil, el socio único responderá personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas
durante el período de unipersonalidad. F
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marlor wrote:
jos wrote: ¿Qué os parece?
a. En la sociedad comanditaria por acciones, el capital, se integrará por las aportaciones de todos los socios quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. F
b. Las sociedades comanditarias por acciones se regirán por su normativa específica y, en lo que no esté en ellas previsto, por lo establecido en esta ley para las sociedades anónimas. V
c. El capital de la sociedad de responsabilidad limitada no podrá ser inferior a sesenta mil euros y se expresará precisamente en esa moneda. F
d. En caso de discordancia entre el domicilio registral y el domicilio real de las sociedades de capital, los terceros podrán considerar como domicilio cualquiera de ellos. V
e. Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español sólo podrán abrir sucursales en territorio nacional. F
f. El acuerdo de creación de una página web corporativa deberá ser inscrito en el Registro Mercantil o bien ser notificado a todos los socios. F
g. Se entiende por sociedad unipersonal de responsabilidad limitada o anónima la constituida por un único socio que actúa como persona jurídica. F
h. Transcurridos tres meses desde la adquisición por la sociedad del carácter unipersonal sin que esta circunstancia se hubiere inscrito en el Registro Mercantil, el socio único responderá personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas
durante el período de unipersonalidad. F
La G es verdadera
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crisys wrote:
marlor wrote:
jos wrote: ¿Qué os parece?
a. En la sociedad comanditaria por acciones, el capital, se integrará por las aportaciones de todos los socios quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. F
b. Las sociedades comanditarias por acciones se regirán por su normativa específica y, en lo que no esté en ellas previsto, por lo establecido en esta ley para las sociedades anónimas. V
c. El capital de la sociedad de responsabilidad limitada no podrá ser inferior a sesenta mil euros y se expresará precisamente en esa moneda. F
d. En caso de discordancia entre el domicilio registral y el domicilio real de las sociedades de capital, los terceros podrán considerar como domicilio cualquiera de ellos. V
e. Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español sólo podrán abrir sucursales en territorio nacional. F
f. El acuerdo de creación de una página web corporativa deberá ser inscrito en el Registro Mercantil o bien ser notificado a todos los socios. F
g. Se entiende por sociedad unipersonal de responsabilidad limitada o anónima la constituida por un único socio que actúa como persona jurídica. F
h. Transcurridos tres meses desde la adquisición por la sociedad del carácter unipersonal sin que esta circunstancia se hubiere inscrito en el Registro Mercantil, el socio único responderá personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas
durante el período de unipersonalidad. F
La G es verdadera
Yo no la contesté, pero creo que no, mira
Artículo 12. Clases de sociedades de capital unipersonales.
Se entiende por sociedad unipersonal de responsabilidad limitada o anónima:
a) La constituida por un único socio, sea persona natural o jurídica.
b) La constituida por dos o más socios cuando todas las participaciones o las acciones hayan pasado a ser propiedad de un único socio. Se consideran propiedad del único socio las participaciones sociales o las acciones que pertenezcan a la sociedad unipersonal.
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Dustin. wrote: [Hola,
en V / F de CAPITULACIONES MATRIMONIALES qué habéis contestado ? Os coinciden con mis respuestas ?
Indique cuáles de las siguientes afirmaciones, en relación con las capitulaciones matrimoniales, son verdaderas (V) o falsas (F)
a. Las capitulaciones matrimoniales han de otorgarse siempre antes de celebrar el matrimonio. F
b. Para su validez han de constar en escritura pública. V
c. Han de inscribirse en todo caso en el Registro de la Propiedad. F
d. En ellas los otorgantes podrán estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo. V
e. Para que el menor no emancipado pueda otorgar capitulaciones matrimoniales, pactando el régimen de separación de bienes, se necesitará el consentimiento de los padres o tutor. F
f. Para que sea válida la modificación de las capitulaciones matrimoniales deberá realizarse con la asistencia y concurso de las personas que en éstas intervinieren como otorgantes, si vivieren y la modificación afectare a derechos concedidos por tales personas. NO LA CONTESTÉ
g. El transcurso de dos años sin celebrarse el matrimonio conllevará que lo estipulado en capitulaciones matrimoniales quede sin efecto. F
h. La invalidez de las capitulaciones matrimoniales se regirá por las reglas generales de los contratos V
Suerte compis
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Labotoned wrote: Yo también salí con buenísimas sensaciones del examen, y una vez que me he puesto a comprobar, esa buena sensación ha disminuido, he comido bastantes fallos.... Este mensaje va sobre todo para los que estás desmotivados por escuchar que el examen ha sido fácil y que a la mayoría parece que les ha salido bien, nadie va a haber hecho un examen perfecto, así que a estudiar todo el mundo el segundo y cuando salgan las notas, (sobre principios de diciembre yo creo) ya se verá que ha pasado. Como dije en otro hilo, yo creo que va a pasar 3'1 personas por plaza y esas son muchas personas
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Al final si que ha resultado ser que estaban diciendo la verdad cuando dije ostras es que parece que todo el mundo vaya a aprobar este año, todo el mundo se ve súper bien... Pues parece que lo decían porque era verdadtititi wrote: Pero en comparación con los fallos de otros.. hay gente que tiene fallos de que se les ha olvidado un pequeño punto en un articulo… cosas asi, pero no articulos casi enteros mal. Yo la verdad que veo que no será como el año pasado y al anterior con notas de corte en un 10/24
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jos wrote:
Dustin. wrote: [Hola,
en V / F de CAPITULACIONES MATRIMONIALES qué habéis contestado ? Os coinciden con mis respuestas ?
Indique cuáles de las siguientes afirmaciones, en relación con las capitulaciones matrimoniales, son verdaderas (V) o falsas (F)
a. Las capitulaciones matrimoniales han de otorgarse siempre antes de celebrar el matrimonio. F
b. Para su validez han de constar en escritura pública. V
c. Han de inscribirse en todo caso en el Registro de la Propiedad. F
d. En ellas los otorgantes podrán estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo. V
e. Para que el menor no emancipado pueda otorgar capitulaciones matrimoniales, pactando el régimen de separación de bienes, se necesitará el consentimiento de los padres o tutor. F
f. Para que sea válida la modificación de las capitulaciones matrimoniales deberá realizarse con la asistencia y concurso de las personas que en éstas intervinieren como otorgantes, si vivieren y la modificación afectare a derechos concedidos por tales personas. NO LA CONTESTÉ
g. El transcurso de dos años sin celebrarse el matrimonio conllevará que lo estipulado en capitulaciones matrimoniales quede sin efecto. F
h. La invalidez de las capitulaciones matrimoniales se regirá por las reglas generales de los contratos V
Creéis que la g es falso? El plazo es un año, por consiguiente el transcurso de dos años conlleva que lo estipulado quede sin efecto, igual que quedaría sin efecto si transcurriera un año y 1 mes, no? Yo la puse verdadera y explique el porque
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jose257 wrote:
jos wrote:
Dustin. wrote: [Hola,
en V / F de CAPITULACIONES MATRIMONIALES qué habéis contestado ? Os coinciden con mis respuestas ?
Indique cuáles de las siguientes afirmaciones, en relación con las capitulaciones matrimoniales, son verdaderas (V) o falsas (F)
a. Las capitulaciones matrimoniales han de otorgarse siempre antes de celebrar el matrimonio. F
b. Para su validez han de constar en escritura pública. V
c. Han de inscribirse en todo caso en el Registro de la Propiedad. F
d. En ellas los otorgantes podrán estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo. V
e. Para que el menor no emancipado pueda otorgar capitulaciones matrimoniales, pactando el régimen de separación de bienes, se necesitará el consentimiento de los padres o tutor. F
f. Para que sea válida la modificación de las capitulaciones matrimoniales deberá realizarse con la asistencia y concurso de las personas que en éstas intervinieren como otorgantes, si vivieren y la modificación afectare a derechos concedidos por tales personas. NO LA CONTESTÉ
g. El transcurso de dos años sin celebrarse el matrimonio conllevará que lo estipulado en capitulaciones matrimoniales quede sin efecto. F
h. La invalidez de las capitulaciones matrimoniales se regirá por las reglas generales de los contratos V
Creéis que la g es falso? El plazo es un año, por consiguiente el transcurso de dos años conlleva que lo estipulado quede sin efecto, igual que quedaría sin efecto si transcurriera un año y 1 mes, no? Yo la puse verdadera y explique el porque
Depende, si crees que buscaban la literalidad, es falsa. Si crees que te dan un plazo y tienes que analizar si se cumple lo que dice, es verdadera
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Wispocho wrote:
Al final si que ha resultado ser que estaban diciendo la verdad cuando dije ostras es que parece que todo el mundo vaya a aprobar este año, todo el mundo se ve súper bien... Pues parece que lo decían porque era verdadtititi wrote: Pero en comparación con los fallos de otros.. hay gente que tiene fallos de que se les ha olvidado un pequeño punto en un articulo… cosas asi, pero no articulos casi enteros mal. Yo la verdad que veo que no será como el año pasado y al anterior con notas de corte en un 10/24
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