Hola a tod@s,
un empresario adquirió un local para el desarrollo de una actividad económica, lo vendió transcurridos 5 años . (sigue desarrollando la misma actividad)
¿el importe obtenido por la venta constituye una ganancia patrimonial o deberá declararlo como ingreso de la actividad económica.?
el art 28.2 LIRPF habla del tema, pero no se como interpretarlo.
Gracias.