Pregunta de opositatest:
De no existir vínculo matrimonial, y mediando convivencia, el padre o la madre podrá tributar conjuntamente por Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con:
a) La pareja de hecho.
b) Los hijos mayores de edad con discapacidad no sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
c) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.
d) Los ascendientes mayores de 65 años incapacitados judicialmente.
¿Cuál consideráis válida?
Art. 82.1 2.ª LIRPF:En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1.ª de este artículo.
2. Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.