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Pero la normativa del IVA indica que "se consideran establecidos en el TAI los sujetos pasivos que tengan en el mismo la sede de la actividad o el DF". yo entiendo que eso es independiente del lugar de la realización de la operación, mientras la empresa tiene el DF en España, será sujeto pasivo del IVA.Lucree wrote: Dado que se trata de una entrega de bienes, según el 68 dos 2°Liva se entenderá realizada en el TAI, cuando es objeto de expedición o transporte si se inicia en el TAi
En este caso se inicia en México, por lo que no quedaría sujeta al no cumplirse el HI del art 4.
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