Hola,
después del cambio legislativo por la Ley 16/2022, cómo respondéis a esta pregunta ?
Pregunta : Exponga brevemente los efectos sobre los siguientes tipo de bienes en caso de
Ejercicio del comercio por persona casada.
A. Bienes propios del cónyuge que ejerce comercio.
B. Bienes adquiridos por resultas del comercio del cónyuge comerciante.
C. Bienes comunes del matrimonio.
D. Bienes propios del otro cónyuge no comerciante.
Mi solución :
A. Sí responden
B. Sí responden
C. Sí responden, si es régimen matrimonial gananciales // No responden, si es régimen matrimonial separación de bienes.
D. No responden
Os parece correcta mi solución ? O me he equivocado en algo ?