Art. 213 LGT actos no revisables en vía administrativa

Más
10 May 2023 11:52 #151669 por Atope
Buenos días!

¿Por qué ese artículo dice que los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones sobre los que hubiera recaído resolución económico-administrativa no podrán ser revisados en vía administrativa si cabe recurso de alzada contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los tribunales regionales y locales?

Muchas gracias.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • EliOLAHP
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
10 May 2023 12:39 #151680 por EliOLAHP
Respuesta de EliOLAHP sobre el tema Art. 213 LGT actos no revisables en vía administrativa
La clave está en que se trata de un acto FIRME y por lo tanto no lo puedes revisar más, salvo tasadas excepciones: nulidad, rectificación o extraordinario de revisión y por lo tanto nos tendríamos que ir a vía judicial con el c-admvo.

Te pongo un ejemplo:
- Resoluciones del TEAR en primera instancia = si se pueden recurrir en ALZADA.

- Resoluciones del TEAC = no se pueden recurrir. SON FIRMES. Ante quién recurres, si no tienes más órganos por encima en vía administrativa?

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
10 May 2023 12:40 #151682 por estudio89
Respuesta de estudio89 sobre el tema Art. 213 LGT actos no revisables en vía administrativa
Entiendo que se refiere a que si con el acto en cuestión ya has interpuesto previamente REA Y ES FIRME ya no puedes volver a interponer otra REA contra el mismo acto. Es decir, el esquema sería

- Te dictan el acto

- Interpones REA (supongamos en primera instancia ante el TEAR)

-Resuelve el TEAR

-Contra esa resolución (si se dan los requisitos de cantidades etc) interpones recurso de alzada ordinario contra el TEAC

-Resuelve el TEAC

-No recurres ante la jurisdicción contencioso administrativa y la resolución del TEAC deviene firme

Pues ya no puedes volver a interponer REA contra el primer acto que te dictaron ni tampoco contra las resoluciones del TEAR y TEAC claro

Si es incorrecto que alguien corrija, gracias.
El siguiente usuario dijo gracias: Atope

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • EliOLAHP
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
10 May 2023 13:06 #151687 por EliOLAHP
Respuesta de EliOLAHP sobre el tema Art. 213 LGT actos no revisables en vía administrativa
Es correcto... pero creo que te has ido al final... (sino corregirme a mi también).

El acto no solo deviene FIRME por no interponer recurso c-admvo en tiempo (lo cual es irrelevante para el caso... porque estamos analizando la vía administrativa y porque después en vía judicial si vas a tener recurso contra el acto firme), también deviene firme cuando ya has interpuesto los recursos procedentes...

Porque si el TEAC a resuelto ya esta cuestión y no tienes más recursos por encima va a devenir firme el acto hayan pasado 1 mes o 2 meses o 15 días

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
10 May 2023 13:15 #151688 por estudio89
Respuesta de estudio89 sobre el tema Art. 213 LGT actos no revisables en vía administrativa
Gracias, creo que me he liado porque la FIRMEZA EN VÍA ADMINISTRATIVA (que es la que estamos aquí discutiendo) en distinta de la FIRMEZA EN VÍA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA (judicial)

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
10 May 2023 14:56 #151704 por Atope
Muchas gracias, leyendo vuestras explicaciones y el artículo ya lo he entiendo. No me percataba que la palabra firme también se refería para después de la coma.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.094 segundos