- Mensajes: 28
- Gracias recibidas: 9
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Oporoco13 wrote: Buenas, repasando me ha surgido la siguiente duda:
Presentamos en plazo una autoliquidación de IRPF 19 (10/06/2020) con resultado a devolver por 1.000, y la Admón. ordena la devolución una vez transcurridos 6 meses desde el fin del plazo de presentación (fecha 10/05/21).
Tiempo después (10/09/2021), nos percatamos de un error en nuestra autoliquidación y presentamos una complementaria con un resultado a ingresar de 4.000 (los 1.000 de la devolución van a parte)
¿Qué prestaciones accesorias se exigen?
Gracias, un saludo.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Uanchez wrote: Oporoco13,
no puede ser una declaración extemporánea. Ya se presentó en su momento.
Por otro lado, el enunciado no es correcto tampoco. La autoliquidación no puede ser complementaria. Tiene que ser rectificativa. Miraos el 120.3 LGT.
Saludos.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Oporoco13 wrote: Lo veo como tú!
Mi duda es: la devolución del ingreso indebido incluye los intereses de demora que te han ingresado no???
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Oporoco13 wrote: Lo veo como tú!
Mi duda es: la devolución del ingreso indebido incluye los intereses de demora que te han ingresado no???
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.