Regularización obligación conexa.

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21 Jul 2023 14:32 #153610 por carles
Buenas tardes,

Se inicia un procedimiento inspector sobre el IRPF 2021 y se descubre que se ha deducido una factura que debió deducirse en el 2020. ¿Que hará inspección?

1-Practicará liquidación IRPF 2021?
2-Ampliará la extensión al IRPF 2020 y practicará dos liquidaciones?

Entiendo que deberá optar por la 2 opción ya que si en el PI la ADM acredita que la factura es de 2020 y se va a derivar una cuota tributaria distinta estaría obligada a regularizar dicho periodo.

Gracias

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21 Jul 2023 17:24 #153611 por lubev
Respuesta de lubev sobre el tema Regularización obligación conexa.
Sí, para regularizar una obligación tributaria que no estaba en la comunicación de inicio deberá cargarse en plan, siempre que no esté prescrita. Para ello se ampliará la extensión de la comprobación, al amparo del artículo 178.5 RGAT, mediante acuerdo motivado del Inspector Jefe y se notificará al obligado tributario.

Y sí, se realizará una liquidación por obligación y por período. Y por añadir algo más, recuerda que de acuerdo con el art. 176.3 RGAT una acta puede abarcar varios períodos impositivos de la misma obligación tributaria, con lo que la deuda tributaria será la suma algebraica de todas las liquidaciones efectuadas.

Saludos,

Aprobado OEP2020.
XXI Promoción THAC
El siguiente usuario dijo gracias: Jose644, carles

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